Decreto 279/2001, de 7 de diciembre, del Presidente, por el que se crea la Viceconsejería de Trabajo.

SecciónII - Disposiciones Generales
EmisorPresidencia
Rango de LeyDecreto

DECRETO 279/2001, de 7 de diciembre, del Presidente, por el que se crea la Viceconsejería de Trabajo.

El nuevo planteamiento orgánico introducido por la Ley 3/2001, de 3 de julio, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, permite la creación de Viceconsejerías, cuyas competencias vendrán determinadas en función de un sector de actividad específica.

A la Consejería de Industria, Comercio y Turismo, el Decreto 178/1995, de 3 de agosto, le atribuye las competencias en muy diversas materias, desde la promoción económica, industria, energía y minas, hasta el comercio y consumo, el turismo y trabajo.

A lo largo de los últimos años, la Comunidad de Castilla y León ha venido asumiendo numerosas competencias en materia laboral, que han incrementado notablemente la actuación administrativa, y que exigen una gestión basada en la máxima eficacia y coordinación posible, de manera que se garantice una respuesta más ágil y eficiente, capaz de asumir los nuevos retos que nos depara la futura asunción de competencias en materia de políticas activas de empleo.

Para dar respuesta a estas necesidades y a los retos que en materia de empleo se plantean en nuestra Comunidad, resulta conveniente establecer un sistema orgánico que garantice la eficacia de la actuación administrativa de diferentes centros directivos, resultando idónea la figura de la Viceconsejería.

En su virtud, en uso de las atribuciones que me confiere la Ley 3/2001, de 3 de julio, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad de Castilla y León,

DISPONGO.

Artículo 1 Creación de la Viceconsejería de Trabajo.

Se crea la Viceconsejería de Trabajo, adscrita a la Consejería de Industria, Comercio y Turismo.

Artículo 2 Sector de actividad.
  1. La Viceconsejería de Trabajo, en el marco de las competencias propias de la Consejería de Industria, Comercio y Turismo, desarrollará sus funciones en las materias de fomento del empleo, formación profesional ocupacional, cooperativas y sociedades anónimas laborales y ejecución de la legislación laboral.

  2. En su...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR