ORDEN FYM/887/2014, de 8 de octubre, sobre aprobación de permuta de terrenos que afectan al monte 'Solafuente y Valles' n.º 251 del C.U.P. de la provincia de Valladolid perteneciente al Ayuntamiento de Laguna de Duero, por terrenos particulares.

SecciónIV - Otras Disposiciones y Acuerdos
EmisorConsejerÍA de Fomento y Medio Ambiente
Rango de LeyOrden

Examinado el expediente VA-P-251/14, instruido con motivo de la solicitud de D. José Muñoz Muñoz de permuta de terrenos del monte de Laguna de Duero, en la provincia de Valladolid, del cual son sus:

ANTECEDENTES DE HECHO

  1. El monte «Solafuente y Valles» se incluyó con el n.º 70 en el Catálogo de Montes de Utilidad Pública de la provincia de Valladolid en su primera publicación de 1 de febrero de 1901. Tiene aprobado el deslinde por Orden Ministerial de 18 de mayo de 1965 y el amojonamiento por Orden Ministerial de 10 de mayo de 1967.

  2. Por Orden MAM/1570/2009 de 30 de junio se hace público el listado de coordenadas absolutas del monte n.º 70 «Solafuente y Valles» y se actualiza la superficie del monte en el Catálogo de Montes de Utilidad Pública.

  3. Con fecha de registro de entrada de 4 de marzo de 2013 se recibe escrito del Ayuntamiento de Laguna de Duero por el que solicita informe acerca de la posibilidad de permuta de la parcela 54 del polígono 4 de 0,2888 ha, enclavado en el MUP n.º 70, por terrenos del mismo monte y se adjunta solicitud de permuta de José Muñoz Muñoz en calidad de propietario de la citada parcela. Adjunto a la misma se remite copia de escritura de propiedad de fecha 17 de junio de 2008 y certificación de catastro.

  4. Con fecha de 3 de abril de 2014, se emite informe favorable del Servicio Territorial de Medio Ambiente de Valladolid en el que se argumenta que la aprobación de la permuta entre terrenos de la finca enclavada en el MUP n.º 70 y la colindante de titularidad privada, supondría una mejora en la definición de los límites de la superficie catalogada y en la gestión y conservación del monte.

  5. Con fecha 7 de abril de 2014 se remite dicho informe al Ayuntamiento de Laguna de Duero y al interesado y se le concede un plazo de 15 días desde el recibo de esta comunicación para someter el expediente a Trámite de audiencia.

  6. Con fecha de registro de entrada de 7 de junio de 2011 se recibe escrito del Ayuntamiento de Laguna de Duero en el que adjunta Decreto de la Alcaldía favorable a la solicitud de permuta y a lo actuado hasta la fecha.

  7. Con fecha 20 de mayo de 2014, el Jefe de Unidad de Ordenación y Mejora de Valladolid emite informe completo relativo a la permuta solicitada en la que detallan los antecedentes mencionados. Se describen las características de las parcelas a permutar:

    Parcela a agregar al monte: Se trata de la parcela concentrada 54 del polígono 4 del Término Municipal de Laguna de Duero, propiedad de D. José Manuel Muñoz Muñoz y de D.ª Rosa-María Noriega Galán. Esta finca comprende la totalidad del enclavado «B» definido en el deslinde y amojonamiento aprobados y la Orden MAM/1570/2009 precitada, según las cuales tiene una cabida de 0,2785 ha y está definido por los mojones y coordenadas que se indican en el Anexo I.

    Parcela a segregar del monte: Se trata de una...

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