DECRETO 175/1989, de 31 de agosto de 1989, de la Junta de Castilla y León, que modifica el Decreto 218/1988, de 17 de noviembre, sobre composición del Pleno y de la Comisión Permanente del Consejo de Turismo de Castilla y León creado por Decreto 152/1986, de 9 de octubre.

SecciónII - Disposiciones Generales
EmisorConsejeria de Fomento
Rango de LeyDecreto

DECRETO 175/1989, de 31 de agosto de 1989, de la Junta de Castilla y León, que modifica el Decreto 218/1988, de 17 de noviembre, sobre composición del Pleno y de la Comisión Permanente del Consejo de Turismo de Castilla y León creado por Decreto 152/1986, de 9 de octubre.

Por Decreto 152/1986, de 9 de octubre, se crea el Consejo de Turismo de Castilla y León.

El Decreto 218/1988, de 17 de noviembre, modifica la composición del Pleno y de la Comisión Permanente del Consejo de Turismo de Castilla y León, disponiendo en su Artículo Unico la nueva redacción de los Artículos 5.º y 8.º del Decreto 152/1986 que regulan la composición del Pleno y de la Comisión Permanente, respectivamente.

El Decreto 85/1989, de 19 de mayo, de la Presidencia de la Junta de Castilla y León, de Reestructuración de Consejerías, establece la modificación de las competencias de algunas Consejerías y la creación de una nueva, organizándose la Administración de la Comunidad Autónoma en las Consejerías de Presidencia y Administración Territorial; Economía y Hacienda; Fomento; Cultura y Bienestar Social; Agricultura y Ganadería; Ambiente y Ordenación del Territorio.

Como quiera que en el Pleno del Consejo de Turismo en el apartado relativo a los vocales que integran el citado Pleno, existe un representante de cada una de las Consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma, y habida cuenta de la creación de la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio, se hace preciso proceder a la modificación del Pleno del Consejo de Turismo de Castilla y León, al objeto de incorporar al mismo a un representante de la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio.

En su virtud, a propuesta del Consejero de Fomento y previa deliberación de la junta de Castilla y León en su reunión del día 31 de agosto de 1989.

DISPONGO

Artículo Unico El párrafo 2, 3

Uno, del Artículo 5.º del Decreto 218/1988, de 17 de noviembre, que modifica los Artículos 5.º y 8.º del Decreto 152/1986, de 9 de octubre, por el que se crea el Consejo de Turismo de Castilla y León, quedará redactado de la siguiente manera:

Un representante de cada una de las Consejerías de Presidencia y Administración Territorial, Economía y Hacienda, Cultura y Bienestar Social...

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