DECRETO 6/1985, de 31 de enero, sobre adscripción de funciones y servicios en materia de turismo.

SecciónII - Disposiciones Generales
EmisorConsejeria de Transportes, Turismo y Comercio
Rango de LeyDecreto

DECRETO 6/1985, de 31 de enero, sobre adscripción de funciones y servicios en materia de turismo.

El Real Decreto 2367/1984, de 11 de abril, publicado en el "Boletín Oficial del Estado" de 16 de enero de 1985, ha aprobado el acuerdo de la Comisión Mixta, por el que se transfieren funciones del Estado en materia turismo a la Comunidad Autónoma de Castilla y León, así como los correspondientes medios personales, materiales y presupuestarios.

Corresponde ahora señalar el órgano de la Administración de la Comunidad Autónoma que debe ejercer estas atribuciones y adscribir los medios y servicios traspasado, función que corresponde a la Junta de Castilla y León, según dispone el artículo 3 de la Ley de Gobierno y Administración.

En su virtud, y a propuesta del Consejero de Transportes, Turismo y Comercio y previa deliberación de la Junta de Castilla y León en su reunión de 31 de enero,

DISPONGO:

Artículo 1º Se atribuye a la Consejería de Transportes, Turismo y Comercio las funciones y servicios en Materia de turismo, traspasados por el Real Decreto 2367/1984, de 11 de abril.

Art. 2º.- Se autoriza a la Consejería de Transportes, Turismo y Comercio a dictar cuantas disposiciones sean necesarias para la ejecución del presente Decreto.

DISPOSICION FINAL

El presente Decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el "Boletín Oficial de Castilla y León".

Valladolid, 31 de enero de 1985.

El Presidente de la Junta de Castilla y León,

Fdo.: DEMETRIO MADRID LOPEZ

El Consejero de Transportes, Turismo y Comercio,

Fdo.: JUAN ANTONIO LORENZO MARTIN

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