ORDEN FYM/408/2014, de 15 de mayo, por la que se aprueba el Documento de Referencia para la Evaluación Ambiental de las Normas Urbanísticas Municipales de Palacios del Arzobispo (Salamanca), promovidas por el Ayuntamiento.

SecciónIV - Otras Disposiciones y Acuerdos
EmisorConsejeria de Cultura y Turismo
Rango de LeyOrden

La Directiva 2001/42/CE, relativa a la evaluación de los efectos de determinados planes y programas en el medio ambiente, transpuesta al derecho español mediante la Ley 9/2006, de 28 de abril, sobre evaluación de los efectos de determinados planes y programas en el medio ambiente, establece la obligatoriedad de someter a evaluación ambiental los planes y programas que puedan tener efectos significativos sobre el medio ambiente.

Las Normas Urbanísticas Municipales (NUM) de Palacios del Arzobispo tienen como objetivo desarrollar un modelo urbanístico acorde a las características peculiares del municipio, a través de un instrumento de planeamiento urbano que se encuentre adaptado al actual marco normativo establecido por la Ley 5/1999, de 8 de abril, de Urbanismo de Castilla y León y el Reglamento de Urbanismo de Castilla y León, aprobado por Decreto 22/2004, de 29 de enero, para un municipio que, hasta este momento, cuenta como instrumento de ordenación vigente una Delimitación de Suelo Urbano del año 1976.

La Consejería con competencias en materia de medio ambiente recibió del Ayuntamiento de Palacios del Arzobispo, en calidad de órgano promotor, la documentación correspondiente a fin de iniciar el procedimiento de evaluación ambiental. En cumplimiento con lo establecido por el artículo 9.1 de la Ley 9/2006, de 28 de abril, la documentación recibida se remitió a las Administraciones previsiblemente afectadas, así como a otras entidades y organizaciones vinculadas a temas medioambientales, solicitando las consideraciones oportunas relativas al Informe de Sostenibilidad Ambiental que podrán estar contenidas en el Documento de Referencia.

Por todo lo anterior,

RESUELVO

Aprobar el Documento de Referencia para la elaboración del Informe de Sostenibilidad Ambiental de las Normas Urbanísticas Municipales de Palacios del Arzobispo (Salamanca), que se adjunta como Anexo a esta orden, de conformidad con lo establecido en el citado artículo 9.1 de la Ley 9/2006, de 28 de abril, sobre evaluación de los efectos de determinados planes y programas en el medio ambiente.

De acuerdo con lo dispuesto en sus artículos 9.1 y 9.3, esta orden se comunicará al órgano promotor y se hará pública a través del «Boletín Oficial de Castilla y León».

Valladolid, 15 de mayo de 2014.

El Consejero,

Fdo.: A ntonio S ilván R odRíguez

ANEXO

DOCUMENTO DE REFERENCIA DE LA EVALUACIÓN AMBIENTAL DE LAS NORMAS URBANÍSTICAS MUNICIPALES DE PALACIOS DEL ARZOBISPO (SALAMANCA).

La Evaluación Ambiental es el instrumento de prevención encaminado a integrar los aspectos ambientales dentro de la fase de toma de decisiones de planes y programas públicos que puedan tener efectos significativos sobre el medio ambiente.

El procedimiento de evaluación ambiental establecido en la Ley 9/2006, de 28 de abril, sobre evaluación de los efectos de determinados planes y programas en el medio ambiente, incluye un Informe de Sostenibilidad Ambiental (ISA), definido en los artículos 2.e) y 8 como un documento a elaborar por el órgano promotor, que formará parte del plan (NUM), y que tiene por objeto identificar, describir y evaluar los probables efectos significativos sobre el medio ambiente que puedan derivarse de su aplicación, así como unas alternativas razonables y ambientalmente viables. A la vista del Documento de Iniciación presentado por el órgano promotor, el artículo 9.1 de la Ley 9/2006, de 28 de abril, encomienda al órgano ambiental la elaboración y tramitación de un Documento de Referencia que establezca la amplitud, nivel de detalle y el grado de especificación del ISA de las NUM.

  1. RESULTADO DE LAS CONSULTAS PREVIAS A LAS ADMINISTRACIONES PÚBLICAS AFECTADAS Y AL PÚBLICO INTERESADO.

    Según lo dispuesto en el artículo 9.1 de la Ley 9/2006, de 28 de abril, previamente a la elaboración del Documento de Referencia, se realizaron consultas a las Administraciones públicas afectadas y al público interesado a fin de que formalizasen aquellas sugerencias que deberían ser tenidas en cuenta para la propuesta de las NUM y del ISA. El Documento de Iniciación fue remitido a:

    - Consejería de Agricultura y Ganadería.

    - Agencia de Protección Civil.

    - Dirección General de Patrimonio Cultural.

    - Confederación Hidrográfica del Duero.

    - Delegación del Gobierno en Castilla y León.

    - Universidad de Salamanca.

    - Cámara de Comercio e Industria de Salamanca.

    - CC.OO. Castilla y León.

    - COAG Castilla y León.

    - SEO Birdlife.

    - Servicio Territorial de Medio Ambiente de Salamanca.

    EXTRACTO DE LAS SUGERENCIAS PRESENTADAS AL DOCUMENTO DE INICIACIÓN.

    Agencia de Protección Civil: Emite informe sobre los siguientes aspectos:

    * El municipio de Palacios del Arzobispo, se encuentra afectado por los siguientes riesgos:

    - Plan de Inundaciones de Castilla y León (INUNCYL):

    - Riesgo: Bajo.

    - Respecto a Riesgo de Incendios Forestales:

    - Riesgo local: Muy Bajo.

    - Índice de Peligrosidad: Bajo.

    Ninguna de las actuaciones que se planifiquen, ni los diferentes usos que se asignen al suelo deben incrementar el riego hacia las personas, sus bienes y el medio ambiente.

    Si alguna de las actuaciones derivadas de la aprobación pudiera potencialmente aumentar el riesgo sobre las personas, sus bienes o el medio ambiente, deberá hacerse un análisis previo, indicando el grado de afección así como las medidas necesarias para evitar incrementar dichos riesgos.

    Servicio Territorial de Medio Ambiente de Salamanca: Emite informe sobre los siguientes aspectos:

    * No presenta coincidencia territorial con Espacios Naturales Protegidos de Castilla y León, ni con Espacios de la Red Natura 2000. No existen Montes de Utilidad Pública, ni Zonas Húmedas Catalogadas.

    * El término se encuentra incluido dentro del ámbito de aplicación del Plan de Recuperación de la Cigüeña Negra en Castilla y León.

    * En el término municipal existen varios cotos privados de caza.

    * Presenta coincidencia territorial con las siguientes vías pecuarias:

    - Coladas de Ledesma y de Asmesnal.

    - Cordel de Izcalina.

    * En el ámbito de aplicación del plan, se ha constatado la presencia de las siguientes especies catalogadas en el Decreto 63/2007, de 14 de junio, por el que se crean el Catálogo de Flora Protegida de Castilla y León y la figura de protección denominada Microrreserva de Flora:

    - Succisella carvalhoana (Mariz) Baksay. Vulnerable.

    - Butomus umbellatus L. Atención preferente.

    - Echium salmanticum Lag. Atención preferente.

    - Elatine alsinastrum L. Atención preferente.

    - Elatine brochonii Clavaud. Atención preferente.

    - Spiranthes aestivalis (Poiret) L. C. M. Richard. Atención preferente.

    - Thelypteris palustris Schott. Atención preferente.

    - Utricularia minor L. Atención preferente.

    - Narcissus bulbocodium L. Otra protección.

    * Se constata la presencia de los siguientes hábitats incluidos en el Anexo I de la Ley 42/2007, de 13 de diciembre, de Patrimonio Natural y de la Biodiversidad:

    - Zonas subestépicas de gramíneas y anuales del Thero-Brachypodietea (6220*) prioritario.

    - Brezales secos europeos (4030).

    - Brezales oromediterráneos endémicos con aliaga (4090).

    - Dehesas perennifolias de Quercus spp. (6310).

    - Prados húmedos mediterráneos de hierbas altas del Molinion-Holoschoenion (6420).

    - Fresnedas termófilas de Fraxinus angustifolia (91B0).

    - Bosques galería de Salix alba y Populus alba (92A0).

    - Encinares de Quercus ilex y Quercus rotundifolia (9340).

    Como conclusiones emite las siguientes:

    * En el ISA se debe justificar el aumento de 6,33 hectáreas de suelo urbano que se propone.

    * Debe identificar y valorar los efectos ambientales que suponen cada uno de los sectores urbanos no consolidados, teniendo en cuenta los valores ambientales presentes en cada uno.

    * Cuantificar el incremento de suelo urbano en número de viviendas y relacionarla con el incremento de población que ello supone para el municipio. Analizar la afección que implica sobre los recursos naturales dicho incremento.

    * En especial, debe estudiar el ciclo del agua y analizar si los sistemas, tanto de abastecimiento como de depuración son suficientes o proponer las soluciones adecuadas.

    * Se recomienda incluir un catálogo de valores ambientales presentes actualmente dentro del municipio.

    * Se debe evaluar la afección del planeamiento sobre las especies de flora protegida, fauna catalogada, hábitats de interés comunitario, poblaciones cinegéticas y piscícolas, que servirá para proponer las medidas que...

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