Extracto
RESOLUCIÓN de 31 de octubre de 2005, de la Dirección General del Secretariado de la Junta y Relaciones Institucionales, por la que se ordena la publicación en el «Boletín Oficial de Castilla y León» del Convenio de Colaboración entre la Comunidad Autónoma de Castilla y León y el Ayuntamiento de Burgos para la financiación de las obras de...
Será obligación municipal el control, seguimiento y evaluación del funcionamiento de este Centro, dándose conocimiento previo a la Consejería de Sanidad, de cualquier modificación sustancial al respecto. Séptima. Seguimiento del Convenio. Para la adecuada evaluación y seguimiento de los servicios y programas contemplado en el presente Convenio, el Ayuntamiento de Burgos estará obligado a presentar en la Consejería de Sanidad, dentro de los dos meses siguientes a la terminación del año 2005, una memoria anual relativa a los servicios y programas objeto del presente Convenio. Asimismo, el Ayuntamiento de Burgos se compromete a remitir cuanta información le s...
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Documentos citados
- Ley 3/2001, de 3 de julio, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad de Castilla y León. - Artículo 26
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