ORDEN de 24 de febrero de 1993, de la Consejería de Agricultura y Ganadería, por la que se regulan y convocan ayudas para la mejora de las estructuras agrarias en aplicación del Reglamento 2328/91 C.E.E. y el R.D. 1887/91.

Extracto


ORDEN de 24 de febrero de 1993, de la Consejería de Agricultura y Ganadería, por la que se regulan y convocan ayudas para la mejora de las estructuras agrarias en aplicación del Reglamento 2328/91 C.E.E. y el R.D. 1887/91.

ORDEN de 24 de febrero de 1993, de la Consejería de Agricultura y Ganadería, por la que se regulan y convocan ayudas para la mejora de las estructuras agrarias en aplicación del Reglamento 2328/91 C.E.E. y el R.D. 1887/91.

El Real Decreto 1887/1991, de 30 de diciembre, sobre mejora de las Estructuras Agrarias expresa en la exposición de motivos la fuerte demanda y repercusión que supuso la aplicación del Real Decreto 808/1987, tanto en número de beneficiarios como en importe de las inversiones y ayudas concedidas; estableciendo, por otra parte, un sistema de corresponsabilidad para la financiación de las ayudas en el que participan el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación y las Comunidades Autonomas, mediante la suscripción de convenios colaterales entre ambas administraciones, con objeto de asegurar el destino del gasto publico, evitando superar las cantidades presupuestarias de cada ejercicio y la regulación de los mecanismos de informacion, seguimiento y control de las ayudas.

La norma, que reviste carácter básico en cuanto a determinados preceptos, de conformidad con lo establecido en el artículo 149.1.13ª. de la Constitución Española, habilita a las Comunidades Autonomas para reglamentar el establecimiento de determinadas ayudas incluidas en su articulado y condiciones de concesion, en otros casos, para adecuarlos a las peculiaridades del sector agrario en su ámbito territorial. La trasposición de la delegacion sancionada por el Real Decreto 1887/1991, en favor de la Comunidad Autónoma de Castilla y León se realiza a través del Estatuto de Autonomia que faculta a la Comunidad Autonoma a dictar normas de desarrollo y ejecución en el marco de la legislacion básica del Estado para la ordenacion y la planificación economica region, en su ejercicio de las competencias asumidas, instrumentalizándose la regulación de las facultades delegadas por disposiciones de otros Organos de la Junta de Castilla y León, competentes en lo que se refiere a inversiones de naturaleza medio ambiental y condiciones relativas a zonas sensibles y de la Consejería de Agricultura y Ganadería en cuanto al resto de las ayudas establecidas en la norma básica estatal.

Por otra parte, dentro de los planteamientos enunciados, la Comunidad Autonoma de Castilla y León considera de interés prioritario orquestar un sistema cofinanciado de ayudas para la mejora de las estructuras agrarias basado en la planificacion integral de la explotación agraria gestionada por el agricultor profesional con cualificación suficiente: el fomento de fórmulas asociativas para la integración de empresas escasamente competitivas en el plano individual; la compatibilidad de las producciones agrarias con las exigencia...

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