RESOLUCIÓN de 13 de noviembre de 2008, de la Dirección General de Deportes de la Consejería de Cultura y Turismo, por la que se dispone la publicación del Reglamento Electoral de la Federación de Lucha de Castilla y León.

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RESOLUCIÓN de 13 de noviembre de 2008, de la Dirección General de Deportes de la Consejería de Cultura y Turismo, por la que se dispone la publicación del Reglamento Electoral de la Federación de Lucha de Castilla y León.

RESOLUCIÓN de 13 de noviembre de 2008, de la Dirección General de Deportes de la Consejería de Cultura y Turismo, por la que se dispone la publicación del Reglamento Electoral de la Federación de Lucha de Castilla y León.

Por Orden de 7 de noviembre de 2008 de la Consejería de Cultura y Turismo se aprueba el Reglamento Electoral de la Federación de Lucha de Castilla y León.

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 3.3 de la Orden CYT/289/2006, de 13 de febrero, por la que se regulan las elecciones de las federaciones deportivas de Castilla y León, en la redacción dada por la Orden CYT/406/2008, de 4 de marzo, por la que se modifica la Orden CYT/289/2006, de 13 de febrero, por la que se regulan las elecciones de las federaciones deportivas de Castilla y León procede la publicación en el 'Boletín Oficial de Castilla y León'.

En virtud de lo anterior, esta Dirección General acuerda:

Disponer la publicación del Reglamento Electoral de la Federación de Lucha de Castilla y León contenido en el Anexo de la presente Resolución.

Valladolid, 13 de noviembre de 2008.

El Director General de Deportes,

Fdo.: MIGUEL IGNACIO GONZÁLEZ SÁNCHEZ-ZORITA ANEXO REGLAMENTO ELECTORAL DE LA FEDERACIÓN DE LUCHA DE CASTILLA Y LEÓN CAPÍTULO I La Convocatoria Electoral Artículo 1.­ Convocatoria Electoral.

1. La convocatoria de elecciones a representantes en la Asamblea General corresponde al Presidente de la Federación de Lucha de Castilla y León.

2. La convocatoria y el calendario electoral se enviarán a la Dirección General de Deportes de la Junta de Castilla y León para su conocimiento aquélla y para su aprobación éste.

Artículo 2.­ Contenido de la convocatoria.

La convocatoria de elecciones incluirá:

a) Fecha y hora de celebración de las elecciones a representantes en la Asamblea General.

b) El censo electoral correspondiente a la Federación de Lucha de Castilla y León.

c) La distribución de representantes en la Asamblea General por estamentos y por circunscripciones.

d) El calendario del proceso electoral.

e) La composición de la Junta Electoral Federativa.

f) Los modelos oficiales de sobres y papeletas.

g) Horario que regirá a los efectos del proceso electoral, tanto para la recepción de documentos, como pa...

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