DECRETO 42/1987 de 16 de marzo, por el que se declara de urgencia la ocupación de las bienes afectados por la expropiación como consecuencia de la instalación de una línea eléctrica aérea a 45 KW., Puentellará - Pancorbo (Burgos) integrada dentro del Plan de Electrificación Rural de 1985.

SecciónII - Disposiciones Generales
EmisorConsejeria de Fomento
Rango de LeyDecreto

Fecha del Boletín: 30-03-1987 Nº Boletín: 39 / 1987

DECRETO 42/1987 de 16 de marzo, por el que se declara de urgencia la ocupación de las bienes afectados por la expropiación como consecuencia de la instalación de una línea eléctrica aérea a 45 KW., Puentellará - Pancorbo (Burgos) integrada dentro del Plan de Electrificación Rural de 1985.

Con objeto de garantizar el suministro de energía eléctrica a la ETD Pancorbo, Greco, Birriesca, Villafranca y Quintanapalla, mediante la instalación de una línea eléctrica aérea de 20 KW., así como posibilitar esta obra que está incluída dentro del PIER 1985 se hace necesario acudir a la expropiación de los terrenos que resulten afectados.

Habiendo sido declarada previamente la utilidad pública, en concreto la instalación eléctrica que se cita, de acuerdo con lo establecido en el capítulo III del Decreto 2619/1966, de 20 de octubre, sobre expropiación forzosa y sanciones en materia de instalaciones eléctricas.

Por parte de la Entidad IBERDUERO, S.A., peticionaria de la instalación que se cita, una vez declarada la utilidad pública en concreto conforme al Reglamento anteriormente citado, se solicita la pertinente declaración de urgencia para la ocupación de los bienes y derechos necesarios en orden al establecimiento de la citada instalación eléctrica, al amparo de lo dispuesto en el artículo 31 del Decreto 2619/1966, de 20 de octubre, que rige en esta materia, efectuándose el trámite reglamentario de información pública y notificación individualizada a los interesados que figuraban en la relación de propietarios afectados, sin que se haya recibido alegación alguna en el trámite efectuado.

La justificación de la urgencia de la ocupación queda fundamentada, en la necesidad de garantizar el suministro de energía eléctrica a las ETD ya mencionadas, lo que obliga, en aras de la necesidad que el servicio requiere, a acudir al procedimiento de urgencia en la...

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