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RESOLUCIÓN de 20 de julio de 2005, de la Secretaría General de la Consejería de Medio Ambiente, por la que se hace pública la Declaración de Impacto Ambiental sobre el estudio técnico previo de concentración parcelaria de la zona de Cerezal de Peñahorcada, Salamanca, de noviembre de 2004 promovido por la Consejería de Agricultura y Ganadería de...
RESOLUCIÓN de 20 de julio de 2005, de la Secretaría General de la Consejería de Medio Ambiente, por la que se hace pública la Declaración de Impacto Ambiental sobre el estudio técnico previo de concentración parcelaria de la zona de Cerezal de Peñahorcada, Salamanca, de noviembre de 2004 promovido por la Consejería de Agricultura y Ganadería de la Junta de Castilla y León.
En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 54 de la Ley 11/2003, de 8 de abril, de Prevención Ambiental de Castilla y León, y en el artículo 31 del Reglamento de Evaluación de Impacto Ambiental de Castilla y León, aprobado por Decreto 209/1995, de 5 de octubre, de Castilla y León, se hace pública, para general conocimiento, la Declaración de Impacto Ambiental, sobre el estudio técnico previo de concentración parcelaria de la zona de Cerezal de Peñahorcada, Salamanca, de noviembre de 2004, promovido por la Consejería de Agricultura y Ganadería de la Junta de Castilla y León, que figura como Anexo a esta Resolución. Valladolid, 20 de julio de 2005. El Secretario General, Fdo.: JOSÉ MANUEL JIMÉNEZ BLÁZQUEZ ANEXO DECLARACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL SOBRE ESTUDIO TÉCNICO PREVIO DE CONCENTRACIÓN PARCELARIA DE LA ZONA DE CEREZAL DE PEÑAHORCADA, SALAMANCA, DE NOVIEMBRE DE 2004, PROMOVIDO POR LA CONSEJERÍA DE AGRICULTURA Y GANADERÍA DE LA JUNTA DE CASTILLA Y LEÓN ANTECEDENTES: La Consejería de Medio Ambiente, en virtud de las atribuciones conferidas por el artículo 2.º del Texto Refundido de la Ley de Evaluación de Impacto Ambiental y Auditorias Ambientales de Castilla y León, aprobado por Decreto Legislativo 1/2000, de 18 de mayo, es el órgano administrativo de medio ambiente competente para ejercer, en el ámbito territorial de la Comunidad de Castilla y León, las funciones fijadas para dicho órgano por el artículo 5.º del Real Decreto Legislativo 1302/1986, de 28 de junio, de Evaluación de Impacto Ambiental, modificado por Ley 6/2001, de 8 de mayo. La normativa sobre Evaluación de Impacto Ambiental vigente a lo largo de los diferentes momentos del proceso de Concentración Parcelaria de la zona de Cerezal de Peñahorcada, Salamanca, solicitada en julio de 2004, se refiere a tales proyectos en los términos que a continuación se especifican. En cuanto a legislación básica, el Real Decreto Legislativo 1302/1986, de 28 de junio, de Evaluación de Impacto Ambiental modificado por Ley 6/2001, de 8 de mayo, somete a Evaluación de Impacto Ambiental por su Anexo I, apartados G.9.b).5.º y G.9.c).9.º, las concentraciones parcelarias cuando se desarrollen en zonas especialmente sensibles, designadas en aplicación de la Directivas 79/409/CEE, del Consejo, de 2 de abril, relativa a la conservación de las aves silvestres, y de la Directiva 92/43/CEE, del Consejo, de 21 de mayo...Ver el contenido completo de este documento
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Documentos citados
- Real Decreto Legislativo 1302/1986, de 28 de junio, de Evaluación de Impacto Ambiental. - Artículo 5
- REAL DECRETO 212/2002, de 22 de febrero, por el que se regulan las emisiones sonoras en el entorno debidas a determinadas máquinas de uso al aire libre.
- Real Decreto 1131/1988, de 30 de Septiembre, por el que se aprueba el Reglamento para la Ejecucion del Real decreto legislativo 1302/1986, de 28 de Junio, de Evaluacion de Impacto ambiental.
- LEY 6/2001, de 8 de mayo, de modificación del Real Decreto legislativo 1302/1986, de 28 de junio, de evaluación de impacto ambiental
- Ley 14/1990, de 28 de noviembre, de concentración parcelaria de Castilla y León
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