Decreto 29/2002, de 21 de febrero, por el que se aprueba el Plan Regional contra la Violencia hacia la Mujer en Castilla y León.
Sección | II - Disposiciones Generales |
Emisor | Consejeria de Sanidad y Bienestar Social |
Rango de Ley | Decreto |
DECRETO 29/2002, de 21 de febrero, por el que se aprueba el Plan Regional contra la Violencia hacia la Mujer en Castilla y León.
El artículo 15 de la Constitución española de 1978 proclama que todos tienen derecho a la integridad física y moral, sin que, en ningún caso, puedan ser sometidos a tortura ni a penas o tratos inhumanos o degradantes.
El artículo 14 del texto constitucional, recoge el principio de igualdad de todos ante la Ley, estableciendo la prohibición de cualquier discriminación por razón de sexo.
La diferencia de trato y oportunidades entre mujeres y hombres es inadmisible en una sociedad democrática como la nuestra.
La Comunidad Autónoma de Castilla y León, al amparo de los artículos 14 y 9.2 de la Constitución y del artículo 8.2 del Estatuto deAutonomía, aprobó, por Decreto 203/2001, de 26 de julio, el 'Plan Integral de Igualdad de Oportunidades entre mujeres y hombres de la Comunidad de Castillay León'.
En dicho Plan se incluye un Área, la 5, que se refiere a la Erradicación de la Violencia, y tiene como objetivos fundamentales la prevención de la violencia doméstica, el apoyo a las mujeres víctimas de la violencia y promover la autonomía personal y social de las mujeres víctimas de malos tratos.
Con el fin de profundizar en las políticas de Igualdad de Oportunidades entre mujeres y hombres y de contribuir a la eliminación de la violencia de género, se hace necesaria la aprobación del Plan Regional contra la Violencia hacia la Mujer en Castilla y León.
A través de la Planificación Regional se marcan las líneas generales que la Junta de Castilla y León va a poner en marcha para el período 2002-2005, en materia de prevención y erradicación de la violencia contra las mujeres.
El Plan Regional contra la Violencia hacia la Mujer, que se aprueba por el presente Decreto, se estructura en tres áreas fundamentales:
La primera de ellas, se dirige a la prevención.
La segunda, se dirige a la atención integral de las mujeres que han sufrido malos tratos.
La tercera, se dirige a la integración social de las mujeres que han sufrido la violencia, a través de su incorporación al mundo laboral.
En consecuencia, a propuesta del Consejero de Sanidad y Bienestar Social y previa deliberación de la Junta de Castilla y León, en su reunión de 21 de febrero de 2002
DISPONGO:
Segunda. El presente Decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el 'Boletín Oficial de Castilla y León'.
Valladolid, a 21 de febrero de 2002.
El Presidente de la Junta de Castilla y León,
Fdo.: JUAN VICENTE HERRERA CAMPO El Consejero de Sanidad y Bienestar Social,
Fdo.: CARLOS FERNÁNDEZ CARRIEDO ANEXO ÍNDICE PRESENTACIÓN ANÁLISIS DE NECESIDADES LÍNEAS ESTRATÉGICAS OBJETIVOS GENERALES DEL PLAN OBJETIVOS ESPECÍFICOS DEL PLAN ÁREAS Y PROGRAMAS · Objetivo general de cada área · Programas y objetivos específicos · Actuaciones FINANCIACIÓN COORDINACIÓN CON EL PLAN INTEGRAL DE IGUALDAS DE OPORTUNIDADES ENTRE MUJERES Y HOMBRES EN CASTILLA Y LEÓN (2001-2005) PRESENTACIÓN Desde que la Unión Europea recogió en el Tratado de 1957 el derecho a la igualdad retributiva entre trabajadoras y trabajadores por un mismo trabajo (Art. 119), se han hecho considerables progresos en la igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres. No obstante, hoy persiste la violencia contra las mujeres, y esto entre otros aspectos, pone de manifiesto que sigue existiendo una discriminación estructural por razones de género.
Los roles tradicionales asignados a cada sexo y los prejuicios culturales existentes, perpetuados a través de la educación, los medios de comunicación e incluso la ciencia, han contribuido a que las diferencias de trato y de oportunidades entre mujeres y hombres hayan perdurado. Al perpetuar una imagen negativa o estereotipada de la mujer, se está ofreciendo una realidad distorsionada sobre la gran variedad de roles que pueden adoptar las mujeres y los hombres y sobre lo que ambos pueden aportar a un mundo en constante cambio.
La diferencia de trato y de oportunidades entre mujeres y hombres cuando media una actitud de superioridad ante inferioridad, genera tarde o temprano agresividad y violencia.
La Declaración Universal de Derechos Humanos proclama que todos los seres humanos nacen libres e iguales en dignidad y derechos y que toda persona puede invocar todos los derechos y libertades proclamados en esa...
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