ORDEN PRE/106/2017, de 23 de febrero, por la que se modifica la Orden PRE/278/2013, de 22 de abril, por la que se aprueban las Disposiciones que regulan el procedimiento para la concesión de ayudas individuales a los castellanos y leoneses en el exterior que se encuentren en condiciones de especial necesidad.

SecciónII - Disposiciones Generales
EmisorConsejeria de Presidencia
Rango de LeyOrden

Por Orden PRE/278/2013, de 22 de abril, se aprobaron las disposiciones que regulan el procedimiento para la concesión de ayudas individuales dirigidas a los castellanos y leoneses en el exterior que se encuentren en condiciones de especial necesidad.

Con posterioridad, como consecuencia de circunstancias derivadas de la necesidad de facilitar a los interesados la aportación de la documentación requerida, se modificó la mencionada Orden, mediante Orden PRE/222/2014, de 1 de abril («B.O.C. y L.» de 8 de abril).

Tras varias convocatorias de esta línea de ayudas se considera necesario clarificar algunas cuestiones contenidas en las disposiciones que regulan el procedimiento para la concesión de las mismas. Por otro lado, la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, sistematiza toda la regulación relativa al procedimiento administrativo, clarificando e integrando el contenido de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, y la Ley 11/2007, de 22 de junio. En virtud de ambas razones se entiende necesaria una nueva modificación de la Orden PRE/278/2013, de 22 de abril.

El Decreto 2/2015, de 7 de julio, del Presidente de la Junta de Castilla y León de reestructuración de consejerías, encomienda a la Consejería de la Presidencia las competencias en políticas migratorias, y el Decreto 40/2015, de 23 de julio, que establece la estructura orgánica de la Consejería de la Presidencia, determina que será la Secretaría General la competente para «la coordinación e impulso de las políticas de la Comunidad en materia de atención a los castellanos y leoneses de origen que residen fuera de la Comunidad y a sus comunidades».

Mediante Orden, de 15 de diciembre de 2015, de la Consejería de la Presidencia, se ha aprobado el Plan Estratégico de Subvenciones de la Consejería de la Presidencia 2016-2019.

En su virtud, y de conformidad con las atribuciones conferidas por la Ley 3/2001, de 3 de julio, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad de Castilla y León

DISPONGO

Artículo único Modificación de la Orden PRE/278/2013, de 22 de abril, por la que se aprueban las disposiciones que regulan el procedimiento para la concesión de ayudas individuales dirigidas a los castellanos y leoneses en el exterior que se encuentren en condiciones de especial necesidad.

Se modifica la Orden PRE/278/2013, de 22 de abril, en los siguientes términos:

Uno: Se modifica el artículo 4. Requisitos generales de los solicitantes, que queda redactado como sigue:

Para acceder a las ayudas previstas, los solicitantes deberán cumplir los siguientes requisitos:

a) Tener nacionalidad española.

b) Estar residiendo en el extranjero, en alguno de países que se determine en la

convocatoria.

c) Ser mayor de dieciocho años en la fecha de solicitud.

d) Estar inscrito como residente en el registro de matrícula consular, con la antigüedad que se determine en la convocatoria.

e) Haber establecido un municipio de Castilla y León como municipio de inscripción en España, y que así conste en el Padrón de Españoles Residentes en el Extranjero (PERE).

f) Carecer de medios económicos y bienes patrimoniales en la unidad familiar que permitan el nivel mínimo de subsistencia que fije la convocatoria, en relación al índice de referencia regulado en el artículo...

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