ORDEN FAM/1000/2016, de 24 de noviembre, por la que se desarrolla la Estructura Orgánica de los Servicios Centrales de la Consejería de Familia e Igualdad de Oportunidades.

SecciónII - Disposiciones Generales
EmisorConsejeria de Agricultura y Ganaderia
Rango de LeyOrden

El Decreto 33/2014, de 31 de julio, estableció la estructura orgánica de la Consejería de Familia e Igualdad de Oportunidades, estructura que es preciso concretar mediante la presente orden, determinando las unidades administrativas que la integran y sus respectivas atribuciones.

En el cuerpo de la orden, se da cumplimento, asimismo, a las previsiones establecidas en el Acuerdo 22/2014, de 30 de enero, de la Junta de Castilla y León, por el que se aprueban medidas para la reforma de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, respecto a servicios comunes que pudieran existir en las consejerías y sus organismos autónomos, mediante la introducción de fórmulas de coordinación y concentración de servicios administrativos horizontales que se venían prestando, al mismo tiempo, en la Consejería de Familia e Igualdad de Oportunidades y en la Gerencia de Servicios Sociales, al objeto de evitar duplicidades y mejorar la eficiencia en la gestión de recursos públicos.

Por otra parte, en aras de conseguir la mayor eficiencia en su funcionamiento ordinario, se mantiene, dentro de la estructura de los servicios centrales, la gestión de las Secciones de Juventud, como unidades administrativas territoriales periféricas, para el ejercicio de las funciones derivadas de las competencias atribuidas por la Ley 11/2002, de 10 de julio, de Juventud de Castilla y León.

De acuerdo con lo previsto en la Disposición Adicional primera del Decreto 33/2016, de 22 de septiembre, en materia de elaboración y aprobación de estructuras orgánicas de la Administración de la Comunidad de Castilla y León y de elaboración de las relaciones de puestos de trabajo, la alteración del puesto que, como consecuencia de la supresión de la unidad administrativa, se limite a la consecuente pérdida de la naturaleza de jefatura sin afectar al resto del contenido funcional, no tendrá la consideración de modificación sustancial, por lo que se garantiza que la transformación del puesto de trabajo no alterará el carácter definitivo o provisional con que esté provisto, ni las retribuciones de su ocupante.

La presente orden se adecúa al citado Decreto 33/2016, de 22 de septiembre, en materia de elaboración y aprobación de estructuras orgánicas de la Administración de la Comunidad de Castilla y León y de elaboración de las relaciones de puestos de trabajo.

De acuerdo con lo establecido en el artículo 45.3 de la Ley 3/2001, de 3 de julio, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, corresponde al titular

de la Consejería la determinación de los órganos y unidades administrativas que integran la estructura orgánica de la misma.

En su virtud, previo informe de la Consejería de la Viceconsejería de Función Pública y de Gobierno Abierto y previa deliberación del Consejo de Gobierno de la Junta de Castilla y León en su reunión de 24 de noviembre de 2016,

DISPONGO

CAPÍTULO I Artículos 1 a 6

Secretaría General

Artículo 1 Organización de la Secretaría General.
  1. Corresponden a la Secretaría General las atribuciones y funciones previstas en el artículo 4 del Decreto 33/2014, de 31 de julio, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Familia e Igualdad de Oportunidades.

  2. La Secretaría General se organiza en las siguientes unidades administrativas:

- Servicio de Personal y Asuntos Generales.

- Servicio de Asuntos Económicos.

- Asesoría Jurídica.

- Servicio de Estudios y Documentación.

- Servicio de Evaluación, Normativa y Procedimiento.

Artículo 2 Servicio de Personal y Asuntos Generales.
  1. El Servicio de Personal y Asuntos Generales ejercerá, en el ámbito de la Consejería, las siguientes funciones:

    1. La elaboración de las propuestas de relación de puestos de trabajo y sus modificaciones, así como la coordinación en esta función con la Gerencia de Servicios Sociales.

    2. La gestión de las incidencias y de las variaciones individuales de la situación administrativa de los empleados públicos de la Consejería, así como la gestión, el mantenimiento y la custodia del archivo de los expedientes del personal.

    3. La elaboración y/o colaboración con los entes u órganos que corresponda, en la redacción de propuestas y anteproyectos de disposiciones administrativas de carácter general en materia de personal, así como la elaboración de instrucciones y órdenes de servicio en esta materia.

    4. La inspección de servicios en materia de personal, de conformidad con la normativa reguladora de la Inspección General de Servicios de la Administración de Castilla y León, así como la tramitación de los expedientes de incompatibilidad del personal de la Consejería.

    5. La elaboración de las propuestas de resolución de reclamaciones, recursos y revisión de actos administrativos en materia de personal.

    6. La confección y la gestión de la nómina y de la Seguridad Social en sus distintos regímenes.

    7. La elaboración de las propuestas de procedimientos de provisión de puestos y de pruebas para ingreso en los cuerpos de funcionarios de la Comunidad de Castilla y León adscritos a la Consejería.

    8. La relación con las organizaciones sindicales y órganos de representación del personal adscrito a la Consejería.

    9. La elaboración, en colaboración con el Servicio de Asuntos Económicos, del anteproyecto de presupuestos del Capítulo I, así como la gestión y administración del mismo.

    10. El control del cumplimiento de la jornada de trabajo, así como la tramitación de vacaciones, licencias y permisos del personal.

    11. La organización y la gestión de las actividades de formación interna del personal de la Consejería, bajo la dirección y coordinación de la Escuela de Administración Pública de la Comunidad de Castilla y León.

    12. El mantenimiento de las instalaciones y de los vehículos oficiales en el ámbito de la Consejería, así como la organización y coordinación de la actividad de los conductores, ordenanzas y vigilancia y seguridad de las instalaciones, y la coordinación en esta función con la Gerencia de Servicios Sociales.

    13. Las que en materia de registro e información, conforme a la normativa reguladora de los servicios de información y atención al ciudadano y la función de registro en la Administración de la Comunidad de Castilla y León, corresponden a la Oficina Departamental de Información y Atención al Ciudadano de la Consejería; así como, la coordinación con las funciones que en la materia corresponden a la Gerencia de Servicios Sociales.

    14. La tramitación e informe de los expedientes relativos a los bienes y derechos de la Consejería; la elaboración y actualización permanente del inventario general de los bienes muebles afectos a...

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