RESOLUCIÓN de 22 de enero de 2009, de la Dirección General de Prevención Ambiental y Ordenación del Territorio de la Consejería de Medio Ambiente, por la que se hace pública la Declaración de Impacto Ambiental sobre el proyecto del Parque Eólico «Rubíes» en los términos municipales de Matalebreras, Trévago y Fuentestrún (Soria), promovido por Danta de Energías, S.A.

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Extracto


RESOLUCIÓN de 22 de enero de 2009, de la Dirección General de Prevención Ambiental y Ordenación del Territorio de la Consejería de Medio Ambiente, por la que se hace pública la Declaración de Impacto Ambiental sobre el proyecto del Parque Eólico «Rubíes» en los términos municipales de Matalebreras, Trévago y Fuentestrún (Soria), promovido por Danta de Energías, S.A.

Dada la presencia de rapaces en la zona, se retirarán todos los restos de carroña que se pudiesen depositar en las cercanías del parque.

Si durante la fase de funcionamiento del parque o del estudio complementario de avifauna se detectase una afección significativa de algún aerogenerador a las especies voladoras, a juicio del Servicio Territorial de Medio Ambiente, podrá ser modificada su ubicación, limitarse su funcionamiento o ser suprimido.

k) Protección arqueológica.­ De acuerdo con el estudio arqueológico presentado, deberán llevarse a cabo las medidas en él establecidas.

l) Desmantelamiento.­ Cuando se produzca la fase de abandono, el promotor procederá al desmantelamiento de la instalación, a la retirada de todos los elementos y a la restitución de los terrenos al estado original, tanto del parque eólico, como de la línea eléctrica soterrada y resto de construcciones e instalaciones. Para garantizar el desmantelamiento y retirada de los equipos y de toda la infraestructura, incluidas las cimentaciones, al final de su vida útil o cuando el sistema de producción de energía deje de ser operativo o rentable y/o cuando durante un periodo de dos años se paralice su funcionamiento o producción, se presentará presupuesto valorado de este coste y se constituirá una garantía para su futura ejecución.

3.­ Inicio.­ El inicio de las obras se comunicará a los Servicios Territoriales de Industria, Comercio y Turismo y de Medio Ambiente de Soria.

4.­ Coordinación.­ Todas las labores de alteración o destrucción de la vegetación, apertura o modificación de viales, restauración y recuperación del medio ...

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