RESOLUCIÓN de 1 de abril de 2011, del Instituto de la Juventud de Castilla y León, por la que se efectúa convocatoria pública de plazas para participar en la campaña de Campos de Trabajo 2011.

SecciónIV - Otras Disposiciones y Acuerdos
EmisorConsejeria de Medio Ambiente
Rango de LeyResolución

Mediante la Ley 3/2006, de 25 de mayo, se crea el Instituto de la Juventud de Castilla y León, como organismo autónomo adscrito a la Consejería de Familia e Igualdad de Oportunidades y se le atribuyen las competencias en materia de Juventud.

El artículo 55 de la Ley 11/2002, de 10 de julio, de Juventud de Castilla y León, establece que el voluntariado juvenil constituye la expresión de la participación activa de los jóvenes en la vida social desde la solidaridad, el compromiso y la diversidad. Las administraciones públicas de Castilla y León, en el ámbito de sus respectivas competencias, fomentarán la participación de los jóvenes en las actividades de voluntariado.

El Decreto 117/2003, de 9 de octubre, por el que se regulan las líneas de promoción juvenil en Castilla y León, define los Campos de Trabajo, como la actividad de aire libre en la que un grupo de jóvenes se comprometen, de forma voluntaria, a desarrollar un proyecto de trabajo de proyección social junto con otras actividades complementarias.

El Instituto de la Juventud de Castilla y León desarrolla, por un lado, la campaña de verano de Campos en Trabajo dirigida a jóvenes de nuestra Comunidad Autónoma y el intercambio de plazas de Campos de Trabajo con el resto de Comunidades Autónomas. Por otra parte, y en coordinación con el Servicio de Voluntariado Internacional (SVI), gestionado por el Instituto de la Juventud de España (INJUVE), lleva a cabo el intercambio de plazas con diversas organizaciones de voluntariado internacional integradas en la Alianza de Organizaciones de Voluntariado Europeo (ALLIANCE OF EUROPEAN VOLUNTARY SERVICE ORGANIZATIONS) que es una Organización No Gubernamental Internacional para la juventud de la que el SVI es miembro fundador de pleno derecho.

Asimismo, el Instituto de la Juventud de Castilla y León en coordinación con el Servicio Civil Internacional de Alemania (SCI) ofertará Campos de Trabajo organizados por dicha entidad.

La presente Resolución tiene por objeto convocar la campaña de verano de Campos de Trabajo, dirigida a jóvenes de Castilla y León, de otras Comunidades Autónomas y del extranjero, que asumen el compromiso de forma voluntaria y desinteresada de desarrollar un proyecto de trabajo en beneficio de la comunidad, además de participar en actividades complementarias de animación sociocultural durante un tiempo determinado, constituyendo un medio para fomentar los valores de convivencia, tolerancia, solidaridad, participación y aprendizaje intercultural entre los jóvenes.

En consecuencia, y en virtud de las atribuciones conferidas por la Ley 3/2001, de 3 de julio, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, así como por la Ley 3/2006, de 25 de mayo, por la que se crea el Instituto de la Juventud de Castilla y León,

RESUELVO

Primero.- Objeto.

La presente Resolución tiene por objeto efectuar convocatoria pública de plazas y el establecimiento de las condiciones de participación en la campaña de «Campos de Trabajo 2011», que incluye los Campos de Trabajo organizados en Castilla y León, en otras Comunidades Autónomas y en países extranjeros (SVI_INJUVE y SCI Alemania).

Segundo.- Oferta de plazas.

  1. - La oferta convocada asciende a 207 plazas, dirigidas a jóvenes de Castilla y León y jóvenes de las distintas Comunidades Autónomas del resto de España, sin perjuicio de participar posteriormente en la «bolsa común» de plazas libres sobrantes en Castilla y León y en las distintas Comunidades Autónomas.

  2. - La distribución de las plazas es la siguiente:

    1. 36 plazas ofertadas a jóvenes castellanos y leoneses en Campos de Trabajo organizados en Castilla y León. (Anexo II).

    2. 28 plazas ofertadas a jóvenes de otras Comunidades Autónomas en Campos de Trabajo organizados en Castilla y León, en régimen de intercambio.

    3. 24 plazas ofertadas al INJUVE en Campos de Trabajo organizados en Castilla y León.

    4. 56 plazas ofertadas a jóvenes de Castilla y León en Campos de Trabajo organizados por otras Comunidades Autónomas, en régimen de intercambio (Anexo III).

    5. 63 plazas ofertadas a jóvenes de Castilla y León en Campos de Trabajo organizados en países extranjeros, de las cuales 51 plazas corresponden al Servicio de Voluntariado Internacional (SVI), gestionado por el Instituto de la Juventud de España -INJUVE- (Anexo IV) y 12 al Servicio Civil Internacional de Alemania (SCI) (Anexo V).

  3. - El número total de plazas convocadas se podrá ver incrementado en función de la disponibilidad de las Comunidades Autónomas, de lo que se dará oportuna publicidad sin necesidad de proceder a la apertura de un nuevo plazo de presentación de solicitudes.

    Tercero.- Participantes e información de la campaña.

  4. - Podrán solicitar plaza en los Campos de Trabajo, los jóvenes empadronados y residentes en Castilla y León que al iniciar la actividad correspondiente, cumplan los requisitos establecidos para el campo de trabajo elegido según se especifican en los anexos correspondientes. También podrán participar, aquellos jóvenes de otras Comunidades Autónomas que obtengan plaza a través de los respectivos organismos o entidades que gestionan las plazas en régimen de intercambio con la Comunidad de Castilla y León y los jóvenes procedentes de otros países que ocupen las plazas ofertadas al INJUVE.

    En los Campos de Trabajo organizados en Castilla y León, los jóvenes participantes deberán tener una edad comprendida entre los 18 años (cumplidos antes del inicio de la actividad solicitada) y los 30 años (que no han de superar durante la realización de la misma).

    En los Campos de Trabajo organizados en otras Comunidades Autónomas y en el extranjero por el SVI y el SCI de Alemania, las edades de participación serán las que fije la entidad organizadora. En el caso de que los participantes sean menores de edad, las solicitudes formuladas deberán estar firmadas por el padre/madre o representante legal.

    Los jóvenes podrán participar en un campo de trabajo tanto en Castilla y León, como en otras Comunidades Autónomas y en el extranjero, puesto que es compatible la participación en todos ellos.

    Los participantes en los Campos de Trabajo Internacionales han de tener conocimiento del inglés o del idioma exigido por la organización del campo, a nivel de conversación.

  5. - Los jóvenes interesados podrán informarse sobre las características, actividades y requisitos de las plazas convocadas en las Unidades Territoriales de Juventud ubicadas en los Departamentos Territoriales de Familia e Igualdad de Oportunidades y en los Puntos de Información y Atención al Ciudadano señalados en el Anexo VI de la presente Resolución; en el Portal de Juventud de Castilla y León ( http://www.juventud.jcyl.es ); en la página Web de la Junta de Castilla y León ( www.jcyl.es ) y en el teléfono 012 de Información y Atención al Ciudadano de la Junta de Castilla y León.

    También y exclusivamente para los Campos de Trabajo organizados por el Servicio de Voluntariado Internacional (SVI), gestionado por el Instituto de la Juventud de España (INJUVE) se podrá obtener información en la página Web ( http://www.injuve.migualdad.es ) en el apartado «Participación y Solidaridad», en la que esta disponible para su descarga el formulario de solicitud.

    Cuarto.- Condiciones de participación.

  6. - La modalidad del trabajo a realizar, las fechas de celebración, el número de plazas ofertadas, el tipo de campo de trabajo, edades de los participantes y localidad o ubicación donde se desarrollan, se especifican en los anexos correspondientes (II, III, IV y V).

  7. - Los desplazamientos de ida y vuelta desde el domicilio del participante al lugar en que se ubica el campo de trabajo tanto en España como en el extranjero serán por cuenta del joven participante.

  8. - En los Campos de Trabajo organizados en Castilla y León, las condiciones de participación referidas a los jóvenes voluntarios son las siguientes:

    * Alojamiento de los jóvenes en instalaciones adecuadas al objeto de la actividad.

    * Alimentación en régimen de pensión completa.

    * Realización de un programa de actividad principal, y también actividades complementarias de animación sociocultural y actividades de tiempo libre adecuado a la edad de los participantes, que potencien su integración en el grupo y la convivencia en la comunidad donde se desarrolle el proyecto.

    * El campo a desarrollar, podrá referirse a alguna de las siguientes modalidades como actividad principal: integración social de jóvenes; actuaciones medioambientales; restauración y rehabilitación de elementos arquitectónicos tradicionales de titularidad pública; investigación y recuperación etnográfica; arqueología; animación sociocultural, expresión artística y dinamización rural.

    * El número de participantes será de 22 por turno, sin incluir en dicha cifra el personal técnico y de animación, el personal de servicios, en prácticas o el de apoyo a las actividades.

    * El horario de trabajo para el desarrollo de la actividad principal del campo será de cinco horas de media diaria y durante cinco días a la semana, preferentemente de lunes a viernes y en horario de mañana. La animación del grupo de jóvenes y el desarrollo de las actividades complementarias se llevarán a cabo preferentemente en horario de tarde de lunes a viernes, sábados y domingos.

  9. - Se deberá cumplir con lo previsto en la normativa vigente para las actividades juveniles de aire libre y en particular con la necesidad de realizar con carácter previo al desarrollo de la actividad, una evaluación de riesgos de la misma.

  10. - Los Campos de Trabajo organizados en otras comunidades autónomas y en el extranjero por el Servicio del Voluntariado Internacional (SVI) y por el SCI de Alemania, se regirán por sus propias normativas. El Instituto de la Juventud de Castilla y León actuará como enlace entre los jóvenes y la Comunidad Autónoma o entidad organizadora del campo, y no será responsable de las admisiones definitivas...

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