ORDEN FOM/395/2010, de 1 de marzo, por la que se aprueba definitivamente de forma parcial, la Modificación Puntual Múltiple de las Normas Subsidiarias de Planeamiento Urbanístico de Fabero (León), en lo relativo a la Modificación n.º 1 (Modificación de la Altura de la Edificación) y la n.º 2 (Suelo para Equipamiento).

Extracto


ORDEN FOM/395/2010, de 1 de marzo, por la que se aprueba definitivamente de forma parcial, la Modificación Puntual Múltiple de las Normas Subsidiarias de Planeamiento Urbanístico de Fabero (León), en lo relativo a la Modificación n.º 1 (Modificación de la Altura de la Edificación) y la n.º 2 (Suelo para Equipamiento).

Visto el expediente sobre la Modificación Puntual Múltiple de las Normas Subsidiarias de Planeamiento Municipal de Fabero (León).

ANTECEDENTES DE HECHO

Primero.- El Término Municipal de Fabero se encuentra ordenado por unas Normas Subsidiarias de Planeamiento Municipal aprobadas definitivamente por Orden de la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio de 13 de octubre de 1995 («Boletín Oficial de Castilla y León» de 5 de marzo de 1996), que no han sido adaptadas a la Ley y al Reglamento de Urbanismo de Castilla y León, y su plazo de adaptación culminó el 2 de marzo de 2007, tal y como preveía la hoy derogada disposición transitoria primera del Decreto 22/2004, de 29 de enero, por el que se aprobaba el Reglamento de Urbanismo de Castilla y León, pero que resulta confirmada en la disposición transitoria tercera de la Ley 4/2008, de 15 de septiembre, y que, en el marco definido por el actual R.D. Legislativo 2/2008, de 20 de junio, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Suelo, la Ley 5/1999, de 8 de abril, de Urbanismo de Castilla y León (modificada por las Leyes 10/2002, de 10 de julio, 21/2002, de 27 de diciembre, 13/2003, de 23 de diciembre, la Ley 13/2005, de 27 de diciembre, la Ley 9/2007, de 27 de diciembre, y por la citada Ley 4/2008, de 15 de septiembre) y por el Reglamento de Urbanismo de Castilla y León, aprobado por Decreto 22/2004, de 29 de febrero («B.O.C. y L.» 2-02-2004), modificado por el Decreto 99/2005, de 22 de diciembre, por el Decreto 68/2006, de 5 de octubre, por el Decreto 6/2008, de 24 de enero, y por el reciente Decreto 45/2009, de 9 de julio, configura el régimen urbanístico de aplicación en dicho municipio.

Segundo.- La Modificación Puntual múltiple de las Normas Subsidiarias de Planeamiento Municipal ha sido redactada por «Nicolás, de Caso y Asociados S.A.» por encargo del Ayuntamiento, que en 2006 presentan ante el Ayuntamiento el correspondiente documento técnico de la modificación, que tiene un objeto múltiple:

1.- Modificación de las ordenanzas de edificación en suelo urbano, consistentes en la posibilidad de vivienda aislada en cinco recintos de ordenanza tipo NI y N2; y de grandes superficies comerciales en suelo urbano.

3.- Supresión de Unidades de Ejecución UE3 y UE6.

4.- Modificación de alineaciones en calle el Campo de Lillo del Bierzo; cruce calle Real; calle Río Cúa en Fabero; conexión calle Carrala e Iglesia Nueva con Pasaje de Santo Domingo; calle Otero; vía de circunvalación.

5.- Modificación de alturas de edificación en Plaza de la Encina en Fabero; calle Campo La Feria en Fabero; Plaza de España en Lillo del Bierzo; calle Viñoiro» calle Ancares en Fabero.

6.- Modificación en equipamientos, consistentes en nuevo equipamiento socioasistencial; y cambios de uso educativo a socio-cultural.

7.- Ampliación de Suelo...

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