ORDEN CYT/191/2014, de 3 de marzo, por la que se procede a la creación del fichero automatizado de datos de carácter personal: «Registro de Diplomas Deportivos».

SecciónII - Disposiciones Generales
EmisorConsejeria de Sanidad
Rango de LeyOrden

El artículo 20.1 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, establece que la creación, modificación o supresión de los ficheros de las Administraciones Públicas sólo podrá hacerse por medio de disposición general publicada en el «Boletín Oficial del Estado» o Diario Oficial correspondiente.

En este sentido, el Decreto 11/2003, de 23 de enero, por el que se regulan los ficheros de datos de carácter personal susceptibles de tratamiento automatizado, de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, en su artículo 2, establece que la creación de ficheros automatizados de datos de carácter personal se realizará por orden del titular de la Consejería competente por razón de la materia, disposición de creación que deberá de recoger todos los apartados que establece el artículo 20.2 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre.

En su virtud y previo informe de la Dirección General de Atención al Ciudadano, Calidad y Modernización de la Consejería de Hacienda, sobre las medidas de seguridad que debe cumplir el fichero automatizado,

DISPONGO

Artículo 1 Objeto.

La presente orden tiene por objeto crear el fichero automatizado de datos de carácter personal que se describe en el Anexo.

Artículo 2 Derecho de los afectados.

Las personas afectadas por el fichero automatizado podrán ejercitar el derecho de acceso, rectificación, cancelación u oposición de sus datos de carácter personal, cuando proceda, ante el órgano administrativo que se concreta en el Anexo de la orden.

Disposición final Entrada en vigor.

La presente orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial de Castilla y León».

Valladolid, 11 de marzo de 2014.

La Consejera de Cultura y Turismo, Fdo.: A liciA G ArcíA r odríGuez

ANEXO

NOMBRE DEL FICHERO:

Registro de Diplomas Deportivos.

FINES Y USOS:

Gestionar procedimiento de inscripción en el Registro sobre superación de la formación deportiva en el ámbito de la Comunidad de Castilla y León a que se refiere la Disposición transitoria primera del Real Decreto 1913/1997, de 19 de diciembre.

PERSONAS O COLECTIVOS AFECTADOS:

Las personas que superen la formación deportiva y representantes legales de las entidades que promueven la inscripción en el Registro.

PROCEDIMIENTO DE RECOGIDA Y PROCEDENCIA DE LOS DATOS:

Solicitud y documentación presentadas...

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