RESOLUCIÓN de 28 de febrero de 2013, de la Delegación Territorial de Soria, por la que se hace pública la Autorización Ambiental del proyecto de ampliación de explotación porcina de 1.742 a 2.400 cerdas con lechones hasta 20 kg, promovido por Hnos. de Pablo Arribas, S.L., en el término municipal de Langa de Duero (Soria). Expte.: 02/12 A.A.

SecciónIV - Otras Disposiciones y Acuerdos
Rango de LeyResolución

En cumplimiento de lo dispuesto en el Art. 4.2 del Real Decreto Legislativo 1/2008, de 11 de enero, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Evaluación de Impacto Ambiental de proyectos, y la Orden MAM 1271 del 2006, de 26 de julio, por la que se delegan competencias en materia de evaluación de impacto ambiental en los Delegados Territoriales de la Junta de Castilla y León, se hace pública, para general conocimiento, la autorización ambiental del proyecto de ampliación de explotación porcina de 1.742 a 2.400 cerdas con lechones hasta 20 kg, promovido por Hnos. de Pablo Arribas, S.L., en el término municipal de Langa de Duero (Soria).

Soria, 28 de febrero de 2013.

El Delegado Territorial,

Fdo.: M anuel l ópez R epResa

ANEXO

AUTORIZACIÓN AMBIENTAL DEL PROYECTO DE AMPLIACIÓN DE EXPLOTACIÓN PORCINA DE 1.742 A 2.400 CERDAS CON LECHONES HASTA 20 KG, PROMOVIDO

POR HNOS. DE PABLO ARRIBAS, S.L., EN EL TÉRMINO MUNICIPAL DE LANGA

DE DUERO (SORIA). EXPTE. 02/12 A.A.

Vista la solicitud de autorización ambiental formulada por Hnos. de Pablo Arribas, para la ampliación de explotación porcina de 1.742 a 2.400 cerdas con lechones hasta 20 Kg, ubicada en el término municipal de Langa de Duero (Soria), y teniendo en cuenta los siguientes:

ANTECEDENTES DE HECHO

Primero.- Mediante Resolución de 22 de julio de 2008, de la Dirección General de Prevención Ambiental y Ordenación del Territorio, se concede la autorización ambiental a

Hermanos de Pablo Arribas, S.L. para la explotación porcina en el término municipal de Langa de Duero (Soria).

Segundo.- Mediante Orden de 18 de marzo de 2009 de la Consejería de Medio Ambiente por la que se concede autorización de inicio a la citada actividad.

Tercero.- Con fecha 13 de septiembre de 2012, Hnos. de Pablo Arribas, S.L., con C.I.F. B-09061516 y domicilio social en C/ Pedrote, 28, 3.º, 09400, Aranda de Duero (Burgos), presenta solicitud de modificación sustancial de autorización ambiental para la ampliación de explotación porcina de 1742 a 2400 cerdas con lechones hasta 20 Kg, en las parcelas número 1240 y 1397, del polígono 39, en el término municipal de Langa de Duero (Soria). El Anexo I de esta resolución contiene una descripción de la instalación.

Cuarto.- A dicha solicitud se acompañó la siguiente documentación,

  1. Proyecto de ampliación de explotación porcina, de 1742 a 2400 cerdas con lechones hasta 20Kg, en el término municipal de Langa de Duero (Soria), redactado por Félix José Fraile Baeza, y visado por el Colegio Oficial de Ingenieros Técnicos Agrícolas de Castilla-Duero el 25 de abril de 2012.

  2. Cuestionarios MTD's.

    Quinto.- Consta en el expediente administrativo, el informe del Ayuntamiento de Langa de Duero (Soria), acreditativo de la compatibilidad de la actividad con la normativa urbanística municipal, de fecha 4 de octubre de 2012.

    Sexto.- La Delegación Territorial de la Junta de Castilla y León en Soria, acuerda someter conjuntamente al trámite de información pública, la solicitud de modificación sustancial de la autorización ambiental y el estudio de impacto ambiental, durante treinta días, mediante anuncio publicado en el «Boletín Oficial de Castilla y León» n.º 202 de 19 de octubre de 2012, y expuesto en el tablón de anuncios del Ayuntamiento afectado, no habiéndose presentado alegaciones durante dicho trámite.

    Séptimo.- Concluido el período de información pública, la Secretaría de la Comisión

    Territorial de Prevención Ambiental de Soria solicita informe a los siguientes órganos:

  3. Servicio Territorial de Agricultura y Ganadería, que emite informe favorable.

  4. Servicio Territorial de Sanidad y Bienestar Social, que emite informe favorable.

  5. Servicio Territorial de Cultura, que emite informe favorable.

  6. Servicio Territorial de Medio Ambiente, que emite informe favorable.

    Octavo.- Con fecha 4 de octubre de 2012 el Ayuntamiento de Langa de Duero (Soria) emite el informe sobre la actividad analizada manifestando que la instalación se adecua a los aspectos que son de su competencia.

    Noveno.- La Secretaría de la Comisión Territorial de Prevención Ambiental de Soria, inició el 23 de enero de 2013 el trámite de audiencia a los interesados, no habiéndose recibido alegación alguna.

    Décimo.- Mediante Resolución de 28 de febrero de 2013 de la Delegación Territorial de Castilla y León de Soria, se hace pública la Declaración de Impacto Ambiental del Proyecto de ampliación porcina de 1742 a 2400 cerdas con lechones hasta 20 Kg, ubicada en el término municipal de Langa de Duero, promovido por Hermanos de Pablo Arribas, S.L.

    Los antecedentes de hecho mencionados encuentran su apoyo legal en los siguientes:

    FUNDAMENTOS DE DERECHO

    Primero.- La Ley 16/2002, de 1 de julio, de Prevención y Control Integrados de la Contaminación, tiene por objeto evitar o, cuando ello no sea posible, reducir y controlar la contaminación de la atmósfera, del agua y del suelo, mediante el establecimiento de un sistema de prevención y control integrados de la contaminación, con el fin de alcanzar una elevada protección del medio ambiente en su conjunto.

    Segundo.- El expediente se ha tramitado según lo establecido en la Ley 16/2002, de 1 de julio de Prevención y Control integrados de la Contaminación y en la Ley 11/2003, de 8 de abril de Prevención Ambiental de Castilla y León.

    Tercero.- El titular de la Delegación Territorial de la Junta de Castilla y León en Soria, en virtud de las atribuciones conferidas por el artículo 20 de la Ley 11/2003, de 8 de abril, modificado por la Ley 1/2009, de 26 de febrero, es el órgano administrativo competente para resolver sobre la autorización ambiental en el ámbito territorial de la Comunidad de Castilla y León, para las actividades e instalaciones incluidas en el apartado B.2. del Anexo I de la Ley 11/2003 modificado por la Ley 1/2009, de 26 de febrero.

    Cuarto.- Según lo establecido en el artículo 10 de la Ley 16/2002, de 1 de julio, el titular de una instalación que pretenda llevar a cabo la modificación de la misma deberá comunicarlo al órgano competente para otorgar la autorización ambiental integrada. Cuando la modificación proyectada se considerada por el propio titular o por el órgano competente de la Comunidad Autónoma como sustancial, ésta no podrá llevarse a cabo, en tanto no sea otorgada una nueva autorización ambiental integrada.

    La modificación proyectada supone un incremento del tamaño y producción de la instalación por lo que se considera modificación sustancial atendiendo al punto 2 del artículo 10 de la Ley 16/2002, de 1 de julio y al apartado g) del artículo 4 de la Ley 11/2003 de 8 de abril.

    VISTOS

    Los Antecedentes de Hecho mencionados, la normativa relacionada en los Fundamentos de Derecho y las demás normas que resulten de aplicación, así como la propuesta de la Comisión Territorial de Prevención Ambiental de Soria en su sesión de 28 de febrero de 2013, esta Delegación Territorial adopta la siguiente

    RESOLUCIÓN

    Primero.- Conceder autorización ambiental a Hnos. de Pablo Arribas, S.L., con C.I.F.: B- 09061516, para llevar a cabo la modificación sustancial de la explotación porcina, de 1742 a 2400 cerdas con lechones hasta 20 Kg, en las parcelas número 1240 y 1397, del polígono 39, en el término municipal de Langa de Duero (Soria).

    La validez de esta autorización queda supeditada al cumplimiento de las obligaciones derivadas de la normativa medioambiental que resulten de aplicación, y a los condicionantes técnicos que se recogen en la autorización ambiental, con independencia del cumplimiento del resto de la normativa sectorial.

    Los Anexos, que a todos los efectos formarán parte de la presente resolución, son los siguientes:

Anexo I.- Descripción de la instalación.
Anexo II.- Condicionado Ambiental.

Segundo.- Para llevar a cabo cualquier modificación de la actividad, el titular deberá comunicarlo previamente al Servicio Territorial de Medio Ambiente de Soria, indicando razonadamente, en atención a los criterios señalados en el artículo 10.2 de la Ley 16/2002, de 1 de julio, si se trata de una modificación sustancial o no sustancial, acompañando los documentos justificativos oportunos y siendo de aplicación lo señalado en los artículos 10.4 y 10.5 de la citada Ley. La Delegación Territorial de la Junta de Castilla y León en Soria, en función de las características de la misma, decidirá si procede o no modificar la presente resolución.

Tercero.- Cuando el operador de la instalación no coincida con el titular de la misma, le corresponderá a aquel el cumplimiento de todas las obligaciones impuestas en la presente autorización durante el período que dure su responsabilidad como tal. Tendrá condición de operador, cualquier persona física o jurídica que cumpla los requisitos recogidos, es este sentido, en la Ley 26/2007, de 23 de octubre de Responsabilidad Medioambiental.

Cuarto.- Esta autorización ambiental, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 39 de la...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR