DECRETO 183/1994, de 25 de agosto, de la Junta de Castilla y León, por el que se determinan los plazos de resolución de los procedimientos administrativos de la Administración de la Comunidad Autónoma de Castilla y León, y los efectos estimatorios o desestimatorios que la falta de resolución expresa produzca.

BOCYL, 26 de Agosto de 1994II - Disposiciones Generales › Consejeria de Presidencia y Administracion Territorial

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DECRETO 183/1994, de 25 de agosto, de la Junta de Castilla y León, por el que se determinan los plazos de resolución de los procedimientos administrativos de la Administración de la Comunidad Autónoma de Castilla y León, y los efectos estimatorios o desestimatorios que la falta de resolución expresa produzca.

Fecha del Boletín: 26-08-1994 Nº Boletín: 165 / 1994

DECRETO 183/1994, de 25 de agosto, de la Junta de Castilla y León, por el que se determinan los plazos de resolución de los procedimientos administrativos de la Administración de la Comunidad Autónoma de Castilla y León, y los efectos estimatorios o desestimatorios que la falta de resolución expresa produzca.

La Junta de Castilla y León, en cumplimiento de lo dispuesto en la Disposición Adicional Tercera de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por Real Decreto-Ley 14/1993, de 4 de agosto, en relación con el artículo 43.5 del mismo Texto Legal, procede mediante la aprobación de este Decreto a determinar los plazos de resolución de los procedimientos administrativos en las diferentes materias cuyo conocimiento compete a la Administración de la Comunidad de Castilla y León y a establecer en caso de ausencia de resolución expresa, los efectos estimatorios o desestimatorios que ello produzca.

Aunque con carácter general la tendencia sea la de primar el silencio positivo, en casos singulares, como consecuencia de que puedan verse afectados servicios públicos e intereses o derechos que han de ser objeto de una especial protección, se ha optado por conceder efectos desestimatorios o la falta de resolución expresa.

Se pretende además, con la publicación detallada de la relación de los procedimientos, facilitar a los ciudadanos un mejor conocimiento y una información rápida, clara y precisa sobre los mismos.

En su virtud, a iniciativa de todas las Consejerías y de acuerdo con el Consejo de Estado, a propuesta de la Consejería de Presidencia y Administración Territorial y previa deliberación de la Junta de Castilla y León en su reunión de 25 de agosto de 1994

DISPONGO:

Artículo único.- Los plazos de resolución de los procedimientos administrativos desarro...

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