Extracto
Orden PAT/1111/2003, de 18 de agosto, por la que se inscribe en el Registro de Colegios Profesionales y Consejos de Colegios de Castilla y León, el Estatuto particular del Colegio Oficial de Agentes de la Propiedad Inmobiliaria de Salamanca.
ORDEN PAT/1111/2003, de 18 de agosto, por la que se inscribe en el Registro de Colegios Profesionales y Consejos de Colegios de Casti lla y León, el Estatuto particular del Colegio Oficial de Agentes de la Propiedad Inmobiliaria de Salamanca.
Visto el expediente de inscripción en el Registro de Colegios Profesionales y Consejos de Cole gios de Castilla y León, del Estatuto particular del Colegio Oficial de AGENTES DE LA PROPIEDAD INMOBILIARIA DE SALAMANCA, con domicilio social en C/ RECTO R TOVAR, 2, 1.' PLANTA, de SALAMANCA, cuyos ANTECEDENTES DE HECHO: Primero. Con fecha 26 de mayo de 2003 fue presentada por D. José Llantada Castaño, en calidad de Presidente del Colegio Oficial de AGENTES DE LA PROPIEDAD INMOBILIARIA DE SALAMANCA, solicitud de inscripción en el Registro de Colegios Profesionales y Consejos de Colegios de Castilla y León, del Estatuto particular del Colegio Oficial citado, que fue aprobado en Asamblea General de Colegiados de fecha 06 de mayo de 2003. Segundo. El citado Colegio se encuentra inscrito en el Registro de Colegios Profesionales y Consejos de Colegios de Castilla y León, por O rden de la Consejería de Presidencia y A d m i n i s t ración Te rri t o rial de fecha 16 de julio de 2003, con el número registral 151/CP. FUNDAMENTOS DE DERECHO: Primero. De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 8, apartado a) y en el artículo 29, apartado b), de la Ley 8/1997, de 8 de julio, de Colegios P ro fesionales de Castilla y León, el artículo 13, ap a rtados 3 y 5, y el a rt í c u l o 34, apartado 1-b), del Decreto 26/2002, de 21 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento de Colegios Profesionales, los Colegios Profesionales comunicarán a la Consejería de Presidencia y Administración Territorial, los Estatutos y sus modificaciones para su calificación de legalidad, inscripción y publicación en el 'Boletín Oficial de Castilla y León' y, una vez inscritos y publicados, los Estatutos tienen fuerza de norma obligatoria. Segundo. Resulta competente para conocer y re s o l ver este tipo de expedientes el Consejero de Presidencia y A d m i n i s t ración Te rri t o ri a l , en virtud de lo dispuesto en el artículo 34.1.11.' del Estatuto de Au t onomía de Castilla y León, y de confo rmidad con lo previsto en el Real D e c reto 2166/1993, de 10 de diciembre, s o b re traspaso de funciones y servicios de la A d m i n i s t ración del Estado a la Comunidad de Castilla y León, en mat e ria de Colegios Oficiales o Pro fesionales y el Decreto 317/1993, de 30 de diciembre, de at ri bución de funciones y servicios en mat e ria de Colegios Oficiales o Profesionales y Decreto 71/2003, de 17 de julio, por el que se esta blece la estructura orgánica de la Consejería de Presidencia y Administración Territorial. Tercero. El Estatuto particular del citado Colegio Profesional cumple el contenido mínimo que establece el artículo 13 de la Ley 8/1997, de 8 de julio. Vistas las disposiciones citadas y demás normativa de común y gene ral aplicación, RESUELVO: 1. Declarar la adecuación a la legalidad del Estatuto particular del Colegio Oficial de AGENTES DE LA PROPIEDAD INMOBILIARIA DE SALAMANCA.2. Acordar su inscripción en el Registro de Cole gios Profesionales y Consejos de Colegios de Castilla y León. 3. Disponer que se publique el citado Estatuto particular en el 'Boletín Oficial de Castilla y León', como Anexo a la presente Orden. Contra la presente Orden que pone fin a la vía administrativa, cabe i n t e rp o n e r, de acuerdo con el A rt. 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, con carácter potestativo, recurso de reposición, ante el órgano que dictó el acto, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al recibo de la presente notificación. El interesado podrá, sin necesidad de interponer recurso de reposición, impugnar el acto directamente ante el Tribunal Superior de Justicia en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al recibo de la presente notificación, conforme al art. 46 de la Ley 29/1998 de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso Administrativa. Valladolid, 18 de agosto de 2003. El Consejero, Fdo.: ALFONSO FERNÁNDEZ MAÑUECO ANEXO ESTATUTO PARTICULAR DEL COLEGIO OFICIAL DE AGENTES DE LA PROPIEDAD INMOBILIARIA DE SALAMANCA TÍTULO I Disposiciones Generales Artículo 1. Concepto y régimen aplicable. El Colegio Oficial de Agentes de la Propiedad Inmobiliaria de Salamanca con jurisdicción en Ávila (en adelante Salamanca y Ávila) y sus provincias es una Corporación profesional de Derecho Público regulado por la legislación estatal y autonómica sobre Colegios Profesionales y por el Estatuto General de la profesión, con personalidad jurídica propia y plena capacidad de obrar para el cumplimiento de sus fines, cuya estructura interna y funcionamient...Ver el contenido completo de este documento
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Documentos citados
- Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
- Constitución Española de 1978. - Artículos 14 , 31
- Ley 6/1998, de 13 de abril, sobre régimen del suelo y valoraciones.
- Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa. - Artículo 46
- Ley Orgánica 4/1979, de 18 de diciembre, de Estatuto de Autonomía de Cataluña
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