Extracto
ORDEN AYG/1019/2005, de 28 de julio, por la que se establece un Plan de Dinamización de los Cultivos de Regadío en la Comunidad Autónoma de Castilla y León.
ORDEN AYG/1019/2005, de 28 de julio, por la que se establece un Plan de Dinamización de los Cultivos de Regadío en la Comunidad Autónoma de Castilla y León.
La Comunidad Autónoma de Castilla y León ocupa un lugar preeminente, dentro de la actividad productiva agraria nacional, en la obtención de determinados cultivos de regadío. Las actuales características estructurales del sector agrario obligan a considerar la actividad productiva íntimamente ligada a los procesos de comercialización y transformación de los productos, con la doble finalidad de beneficiar al sector agrario del elevado valor añadido en los procesos de transformación de estos productos y de contribuir eficazmente al incremento del nivel de renta en el medio rural.Hay que destacar que esta región ocupa dentro de España el tercer lugar en producción agroalimentaria, siendo ésta una de las actividades industriales que genera mayor valor de la producción y mayor tasa de empleo en el conjunto regional, a la vez que constituye un eslabón fundamental en el proceso de puesta en el mercado de cultivos de regadío. En la Comunidad Autónoma de Castilla y León es objetivo prioritario alcanzar un asentamiento estable en el medio rural de la población vincula da al sector agrario, el cual está condicionado, por una parte, a la disponibilidad de puestos de trabajo que garanticen una consolidación profesional de los trabajadores del sector y, por otra, a la percepción de unas rentas económicas suficientes para garantizar la calidad de vida en este medio. Por ello, el apoyo a iniciativas empresariales generadoras de rentas en el medio rural, como son los centros de transformación y comercialización de cultivos de regadío, constituye un factor de dinamización de dicho medio, lo cual contribuye eficazmente al desarrollo de su entramado social y empresarial, a la diversificación y mejora de la actividad agraria y, en consecuencia, a la estabilidad económica y demográfica del mismo. Por otro lado, la revisión de la política agraria comunitaria va a originar notorias modificaciones en las estrategias productivas tradicionales de Castilla y León. Los agricultores regionales poseen una amplia experiencia en el desarrollo de cultivos en regadío y puede considerarse la posibilidad de dedicar a otros cultivos de regadío amplias superficies destinadas tradicionalmente al cultivo de remolacha azucarera, maíz no dulce y patata, lo cual, unido a la proximidad a centros de consumo importantes y a la imagen de calidad de ciertas producciones regionales, plantea perspectivas prometedoras para la implantación y desarrollo de superficies productivas de determinados cultivos de regadío como alternativa a los regadíos tradicionales. Esta oportunidad cobra especial relevancia en determinadas zonas particularmente sensibles a la modificación de la política comunitaria y en localidades afectadas por el cierre reciente de instalaciones agroindustriales ligadas a productos agrícolas directamente afectados por la reestructuración comunitaria. Partiendo de estas premisas, se considera fundamental apoyar la implantación de proyectos empresariales, acometidos por pequeñas y medianas empresas, centrados en la transformación y comercialización de ciertas producciones intensivas de regadío, como motor fundamental para impulsar el incremento de la superficie de cultivos de regadío no excedentarios, para favorecer la vertebración socio-económica del medio rural en general y para impulsar el relanzamiento de determinadas zonas con características específicas. Con el fin de garantizar la viabilidad económica y la adecuación técnica de los proyectos de transformación implantados se considera fundamental apoyar a estos proyectos mediante el arbitrio de una serie de medidas de refuerzo en dos ámbitos, como son el de la asistencia técnica y el del fomento de los productos agrarios de calidad. En lo que respecta a la asistencia técnica reviste gran interés potenciar diversas actuaciones como la realización de auditorías, asesorías, análisis técnico-económicos o estudios de mercado. En el ámbito del fomento de la calidad agroalimentaria se considera clave auxiliar los estudios de mercado encaminados al diseño y concepción de nuevos productos o a la implantación de sistemas de garantía de la calidad (normas ISO, sistemas APPCC, evaluación ambiental...).En la elaboración de la presente Orden se ha tenido en cuenta lo dispuesto en las Directrices comunitarias sobre ayudas estatales al sector agrario (2000/C 28/02), en el Reglamento (CE) nº 1/2004 de la Comisión, de 23 de diciembre de 2003, sobre la aplicación de los artículos 87 y 88 del Tratado CE a las ayudas estatales para las pequeñas y medianas empresas dedicadas a la producción, transformación y comercialización de productos agrarios (DO L 1 de 3 de enero de 2004), y en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones ('B.O.E.' n.º 276 de 18 de noviembre). En virtud de ello, DISPONGO: CAPÍTULO I Dis...Ver el contenido completo de este documento
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Documentos citados
- Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
- Constitución Española de 1978. - Artículos 7 , 13 , 14 , 26
- Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores. - Artículos 51 , 52
- Real Decreto 1334/1999, de 31 de julio, por el que se aprueba la Norma general de etiquetado, presentación y publicidad de los productos alimenticios.
- Real Decreto Legislativo 1091/1988, de 23 de septiembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General Presupuestaria.
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