ORDEN MAM/939/2008, de 26 de mayo, por la que se aprueba el Documento de Referencia para la Evaluación Ambiental del Plan General de Ordenación Urbana de Tudela de Duero, promovido por el Ayuntamiento de Tudela de Duero (Valladolid).

SecciónIV - Otras Disposiciones y Acuerdos
EmisorConsejeria de Medio Ambiente
Rango de LeyOrden

ORDEN MAM/939/2008, de 26 de mayo, por la que se aprueba el Documento de Referencia para la Evaluación Ambiental del Plan General de Ordenación Urbana de Tudela de Duero, promovido por el Ayuntamiento de Tudela de Duero (Valladolid).

La Directiva 2001/42/CE relativa a la evaluación de los efectos de determinados planes y programas en el medio ambiente, transpuesta al derecho español mediante la Ley 9/2006, de 28 de abril, sobre evaluación de los efectos de determinados planes y programas en el medio ambiente, establece la obligatoriedad de someter a evaluación ambiental los planes y programas que puedan tener efectos significativos sobre el medio ambiente.

La Revisión del actual Plan General de Ordenación Urbana de 1998 surge de la necesidad de sustituir, adecuar y adaptar el planeamiento vigente al marco normativo establecido por la Ley 5/1999 de Urbanismo de Castilla y León y su desarrollo a través de Reglamento de Urbanismo de Castilla y León (Decreto 22/2004), además de dar cabida a las expectativas de desarrollo urbano y diversificación funcional en el entorno de Valladolid.

De acuerdo con lo establecido en el artículo 18 de la Ley 9/2006, el Ayuntamiento de Tudela de Duero envía a la Consejería de Medio Ambiente la comunicación sobre la iniciación del procedimiento de elaboración del Plan General de Ordenación Urbana. En cumplimiento de lo establecido por el artículo 19.a) de la Ley 9/2006, el Documento de Iniciación es enviado por el órgano ambiental a las Administraciones públicas previsiblemente afectadas, así como a otras entidades y organizaciones vinculadas a temas medioambientales y público interesado con fecha de 27 de febrero de 2008. Dicha consulta tiene por objeto que se emitan las consideraciones oportunas que deban estar contenidas en el Documento de Referencia, que sirve de base para la redacción del Informe de Sostenibilidad Ambiental.

Por todo lo anterior.

RESUELVO Aprobar el Documento de Referencia para la elaboración del Informe de Sostenibilidad Ambiental del Plan General de Ordenación Urbana de Tudela de Duero, que se adjunta como Anexo a esta Resolución.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 19 de la Ley 9/2006, de 28 de abril, sobre evaluación de los efectos de determinados planes y programas en el medio ambiente, esta Resolución se comunicará al órgano promotor y se hará pública a través del 'Boletín Oficial de Castilla y León'.

Valladolid, 26 de mayo de 2008.

La Consejera,

Fdo.: MARÍA JESÚS RUIZ RUIZ ANEXO QUE SE CITA DOCUMENTO DE REFERENCIA DE LA EVALUACIÓN AMBIENTAL DEL PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA DE TUDELA DE DUERO (TUDELA DE DUERO) La Evaluación Ambiental Estratégica (E.A.E.) es el instrumento de prevención encaminado a integrar los aspectos ambientales dentro de la fase de toma de decisiones de planes y programas públicos que puedan tener efectos significativos sobre el medio ambiente.

El procedimiento de evaluación ambiental establecido en la Ley 9/2006, de 28 de abril, sobre evaluación de los efectos de determinados planes y programas en el medio ambiente, incluye un Informe de Sostenibilidad Ambiental (ISA), definido en los artículos 2.e) y 8 como un documento a elaborar por el órgano promotor, que formará parte del plan, en este caso un Plan General de Ordenación Urbana (PGOU), y que tiene por objeto identificar, describir y evaluar los probables efectos significativos sobre el medio ambiente que puedan derivarse de su aplicación, así como unas alternativas razonables y técnica y ambientalmente viables. A la vista del Documento de Iniciación presentado por el órgano promotor, el artículo 19 de la Ley 9/2006 encomienda al órgano ambiental la elaboración y tramitación de un Documento de Referencia que establezca la amplitud, nivel de detalle y el grado de especificación del Informe de Sostenibilidad Ambiental del PGOU.

  1. RESULTADO DE LAS CONSULTAS PREVIASALASADMINISTRACIONES PÚBLICAS AFECTADAS Y AL PÚBLICO INTERESADO.

    Según lo dispuesto en el artículo 19.1.a) de la Ley 9/2006, previo a la elaboración del Documento de Referencia, se realizaron consultas a las Administraciones públicas afectadas, a fin de que realizasen aquellas sugerencias que deberían ser tenidas en cuenta en la redacción del ISA.

    En particular, fueron consultadas las siguientes:

    Ilmo. Sr. Secretario General de la Consejería de Economía y Empleo.

    Ilmo. Sr. Secretario General de la Consejería de Interior y Justicia.

    Ilmo. Sr. Director General del Medio Natural.

    Ilmo. Sr. Secretario General de la Consejería de Cultura y Turismo.

    Ilmo. Sr. Secretario General de la Consejería de Agricultura y Ganadería.

    Magnífico y Exmo. Sr. Rector de la Universidad de Valladolid.

    Excmo. Sr. Delegado de Gobierno de Castilla y León.

    Sr. Representante de la Administración del Estado. Confederación Hidrográfica del Duero.

    Servicio Territorial de Medio Ambiente de Valladolid.

    Sr. Presidente de la Cámara de Comercio e Industria.

    Sr. Presidente de Organizaciones Empresariales de Castilla y León.

    Sr. Presidente de Ecologistas en Acción Valladolid.

    Sindicato Comisiones Obreras en Castilla y León.

    Sr. Presidente de ASAJA de Castilla y León.

    EXTRACTO DE LAS SUGERENCIAS PRESENTADAS AL DOCUMENTO DE INICIACIÓN Informe del Servicio de Espacios Naturales de la Dirección General del Medio Natural. En primer lugar, reúne toda la legislación ambiental específica que es de aplicación en la redacción del PGOU de Tudela de Duero. Posteriormente, analiza la presencia en el municipio de determinadas figuras de protección ambiental, de entre las cuales, cita las siguientes: LIC 'Riberas del río Duero y afluentes (ES4170083); Montes de Utilidad Pública números 74 'Carratovilla', 75 'La Luisa', 76 'Llanillo', 77 'Pinar Viejo, Santa Marina y Santinos' y 78 'Pozuelo y Raposeras' del Catálogo Provincial; Vías Pecuarias del Cordel de la Cañada Leonesa, Colada del Camino de Tudela, Vereda del Camino Real y Cañada Real Leonesa. Así mismo, cabe la posibilidad de existencia de montes no demaniales, cuya calificación deberá ser acorde con la protección que la Ley 43/2003, de Montes, le concede.

    En el apartado de sugerencias y conclusiones, señala que la elaboración del PGOU deberá partir de un estudio pormenorizado y de un diagnóstico del territorio municipal que permitan establecer una valoración ambiental sobre la cual fundamentar la propuesta de clasificación. El ISA deberá concretar especialmente la información relativa a Red Natura 2000, fauna, hábitats de especies silvestres y especímenes, montes y vías pecuarias. Por último previene acerca de los nuevos desarrollos planteados en los extremos Este y Oeste del municipio, adyacentes al LIC 'Riberas del río Duero y afluentes', cuya magnitud podría generar efectos significativos en la conservación del LIC. Según este informe, su compatibilidad dependerá tanto del respeto a los límites de protección como de una adecuada separación entre ambas zonas.

    Informe de la Confederación Hidrográfica del Duero. Entre sus conclusiones, el informe realiza en primer lugar una reflexión sobre la disponibilidad de recursos hídricos y la intervención sobre los cauces y la Zona de Policía. El PGOU propone la unificación de vertidos del municipio de Tudela de Duero en la depuradora prevista, con un sistema de dos grandes emisarios, un colector para Tudela de Duero y otro para Herrera de Duero, y núcleos colindantes. Se prevé la ejecución de un emisario de saneamiento para bombeo a la E.D.A.R. de Tudela de Duero. Hasta que se ejecute, los suelos urbano y urbanizables pueden resolverlo de forma autónoma por sectores o ámbitos agrupados de suelo urbano consolidado, o bien con nuevas depuradoras y vertidos autorizados, pero, en cualquier caso, deben prever y dejar ejecutados los ramales de conexión a los emisarios de la EDAR de Tudela de Duero. Incluye, asimismo una serie de determinaciones y normas generales sobre vertidos.

    Por último, se recomienda consultar el Proyecto LINDE con el fin de delimitar los niveles alcanzados por las distintas avenidas y determinar la afección sobre los ámbitos de la planificación.

    Informe de la Consejería de Economía y Empleo. Estima oportuno poner de manifiesto que el Plan Regional de ámbito sectorial de Equipamiento Comercial de Castilla y León aprobado por Decreto 104/2005, de 29 de diciembre, es de aplicación sobre el PGOU de Tudela de Duero.

    Informe de la Cámara Oficial de Comercio e Industria de Valladolid.

    Señala que en el Informe de Sostenibilidad Ambiental deberán estudiarse más profundamente los efectos que se producirán sobre el medio ambiente así como las medidas de prevención o disminución de impactos. Deberá realizarse un informe de viabilidad económica de las alternativas y de las medidas dirigidas a prevenir, reducir o paliar los efectos negativos del Plan.

    Informe de Ecologistas en Acción. Valladolid. El informe parte de la identificación de errores en la tramitación del documento del PGOU que están favoreciendo sucesivas adaptaciones de la propuesta de ordenación para dar cabida a nuevas superficies de expansión urbana.

    En segundo lugar, analiza la aplicación de las DOTVAENT en la propuesta de ordenación del Plan, señalando que ésta se ciñe a proteger únicamente aquello recogido en las DOTVAENT, reduciendo considerablemente la proporción de suelo rústico protegido y prescindiendo de un estudio pormenorizado de los valores del término municipal. Además apunta que existe alrededor de un 59% de suelo urbanizable del PGOU vigente que no se ha desarrollado, por lo que no se justificaría el...

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