ORDEN EYE/937/2008, de 6 de junio, por la que se desarrolla la estructura orgánica de los Servicios Centrales de la Consejería de Economía y Empleo.

Fecha de Entrada en Vigor12 de Junio de 2008
SecciónII - Disposiciones Generales
EmisorConsejeria de Economia y Empleo
Rango de LeyOrden

ORDEN EYE/937/2008, de 6 de junio, por la que se desarrolla la estructura orgánica de los Servicios Centrales de la Consejería de Economía y Empleo.

El Decreto 2/2007, de 2 de julio, del Presidente de la Junta de Castilla y León, de Reestructuración de Consejerías, ha llevado a cabo una modificación de las estructuras departamentales de la Administración Autonómica estableciendo el número, denominación y competencias de las Consejerías.

La estructura orgánica de la Consejería de Economía y Empleo se ha aprobado por Decreto 72/2007, de 12 de julio, teniendo en cuenta las nuevas competencias asumidas, así como la creciente importancia de determinadas materias y la intención de lograr una delimitación más adecuada de alguna de las funciones atribuidas a los diferentes centros directivos.

Una vez aprobada la estructura orgánica de la Consejería es preciso delimitar las funciones de los órganos y unidades administrativas que dependen de los distintos órganos directivos centrales.

En su virtud, de conformidad con lo previsto en el artículo 45.3 de la Ley 3/2001, de 3 de julio, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, previo informe de la Consejería de Administración Autonómica y de la Consejería de Hacienda, previa deliberación del Consejo de Gobierno de la Junta de Castilla y León en su reunión de 5 de junio de 2008.

DISPONGO:

CAPÍTULO I Secretaría General Artículos 1 a 10
Artículo 1 Organización de la Secretaría General.
  1. Corresponden a la Secretaría General las funciones previstas en el artículo 4 del Decreto 72/2007, de 12 de julio, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Economía y Empleo, así como las que se le atribuyan legalmente.

  2. La Secretaría General para el ejercicio de las funciones que tiene atribuidas se estructura en los siguientes órganos administrativos:

Servicio de Personal y Asuntos Generales.

Servicio de Evaluación, Normativa y Procedimiento.

Servicio de Asuntos Económicos.

Servicio para la Defensa de la Competencia.

Asesoría Jurídica.

Servicio de Informática.

Unidad de Archivo Central de la Consejería.

Unidad de Documentación y Apoyo.

Unidad Estadística.

Artículo 2 Servicio de Personal y Asuntos Generales.
  1. Al Servicio de Personal y Asuntos Generales competen las siguientes funciones:

    1. La gestión de las incidencias y de las variaciones individuales de la situación administrativa del personal de la Consejería.

    2. La confección y gestión de la nómina y de la seguridad social, así como la administración, gestión y seguimiento de los créditos en materia de personal.

    3. La elaboración de las propuestas de resolución de los recursos administrativos y de las reclamaciones previas a la vía laboral en materia de personal.

    4. La elaboración de las propuestas de convocatorias para la provisión de puestos de trabajo y de pruebas selectivas.

    5. La elaboración de las propuestas de relaciones de puestos de trabajo y sus modificaciones.

    6. La intervención en los procesos de negociación de las condiciones de trabajo del personal al servicio de la Consejería.

    7. La tramitación de las solicitudes de vacaciones, licencias y permisos, competencia del Secretario General, el control del horario y de la jornada de trabajo y, en general, todo aquello que se refiera al régimen y organización del personal de la Consejería.

    8. La inspección de servicios, conforme a las directrices dictadas por la Inspección General de Servicios de la Administración de Castilla y León.

    9. La organización, coordinación y mantenimiento de los vehículos oficiales, medios de reprografía, almacenes e instalaciones de la Consejería, así como todas aquellas funciones relacionadas con la seguridad de las mismas.

    10. El aprovisionamiento, mantenimiento y renovación del equipamiento y material general, tanto fijo como fungible, necesario para el funcionamiento de la Consejería.

    11. La administración, gestión y conservación de los bienes y derechos del patrimonio de la Comunidad afectados o adscritos a la Consejería, así como la coordinación con la Consejería de Hacienda para la adecuada administración y optimización del uso de dichos bienes y derechos.

    12. La elaboración y actualización permanente del inventario general de los bienes muebles afectos a la Consejería.

      m)La organización, gestión, dirección y control del registro general de documentos de la Consejería.

    13. La coordinación de las tareas de formación del personal al servicio de la Consejería, bajo la dependencia funcional de la Escuela de Administración Pública de Castilla y León.

      ñ) La organización y coordinación de los servicios de personal subalterno, conductores, telefonía y otros servicios de carácter general.

    14. Las funciones en materia de registro e información que, conforme al Decreto 2/2003, de 2 de enero, por el que se regulan los Servicios de Información y Atención al Ciudadano y la función de registro en la Administración de la Comunidad de Castilla y León, corresponden a la Oficina Departamental de Información y Atención al Ciudadano de la Consejería.

    15. Las relativas a asuntos generales que correspondan a la Secretaría General y no estén expresamente atribuidas a otro Servicio.

    16. Cualquier otra función que se le atribuya en el ámbito de sus competencias.

  2. Para el desarrollo de sus funciones, y conforme a su denominación, el Servicio de Personal y Asuntos Generales, se estructura en las siguientes unidades administrativas:

    Sección de Personal, con dos Negociados.

    Sección de Régimen Interior, con dos Negociados.

    Sección de Instalaciones y Recursos Materiales, con dos Negociados.

    Sección de Nóminas y Seguridad Social, con dos Negociados.

Artículo 3 Servicio de Evaluación, Normativa y Procedimiento.
  1. El Servicio de Evaluación, Normativa y Procedimiento tiene a su cargo las siguientes funciones:

    1. El estudio jurídico previo a la elaboración de disposiciones administrativas generales y anteproyectos de ley en todas las materias competencia de la Consejería.

    2. La preparación de los expedientes de los proyectos de disposiciones de carácter general y anteproyectos de ley para su remisión al Secretario de la Junta de Castilla y León.

    3. La redacción de los proyectos de disposiciones de carácter general que afecten al funcionamiento de los servicios propios de la Secretaría General, así como la coordinación de esta función con aquellos que sean específicos de los restantes órganos directivos centrales de la Consejería.

    4. El seguimiento y control de la publicación en los Boletines Oficiales de las disposiciones, resoluciones y actos de la Consejería.

    5. La asistencia técnico-jurídica de la Consejería, en aquellos supuestos en que no esté atribuida a la Asesoría Jurídica o a otros órganos.

    6. La asistencia al Secretario General para el estudio y preparación de las reuniones de la Comisión de Secretarios Generales.

    7. La elaboración de las propuestas de resolución de recursos de alzada, de reposición y de revisión y de reclamaciones por responsabilidad patrimonial de la Administración, que deba resolver el Consejero, en aquellos casos en que no corresponda a las Viceconsejerías o a las Direcciones Generales y exceptuando los que versen sobre contratación administrativa.

    8. La tramitación de los procedimientos de revisión de oficio de disposiciones generales de la Consejería y la redacción de la correspondiente propuesta de resolución.

    9. El seguimiento de los procedimientos administrativos que se tramiten por los distintos órganos directivos centrales de la Consejería.

    10. La realización de estudios, informes y propuestas sobre técnica normativa, organización administrativa, racionalización y simplificación de métodos de trabajo y de los procedimientos administrativos.

    11. La elaboración, impulso, coordinación y ejecución de los Planes de Mejora de Calidad de los Servicios, en el ámbito propio de la Consejería, de acuerdo con los criterios de dirección y coordinación que emita la Dirección General de Atención al Ciudadano y Calidad de los Servicios.

    12. El impulso, coordinación, y ejecución, en el ámbito de la Consejería, de las actuaciones tendentes a la excelencia en la gestión de acuerdo con los criterios de dirección y coordinación que emita la Dirección General de Atención al Ciudadano y Calidad de los Servicios.

      m)El impulso, coordinación y ejecución de los proyectos dirigidos a la nacionalización, automatización y, en su caso, aplicación de medios electrónicos, a la gestión de procedimientos administrativos y servicios que se tramiten por las distintas unidades y órganos de la Consejería acuerdo con los criterios de que emita la Dirección General de Atención al Ciudadano y Calidad de los Servicios

    13. Las actuaciones...

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