DECRETO 46/2016, de 29 de diciembre, por el que se regulan las condiciones de la prórroga de los Presupuestos Generales de la Comunidad de Castilla y León para 2016.

SecciónII - Disposiciones Generales
EmisorConsejeria Economia y Hacienda
Rango de LeyDecreto

El artículo 11 de la Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera establece, en su apartado primero, que la elaboración, aprobación y ejecución de los presupuestos y demás actuaciones que afecten a los gastos o a los ingresos de las Administraciones Públicas y demás entidades que forman parte del sector público se someterá el principio de estabilidad presupuestaria.

El artículo 15 de la Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, dispone que, aprobados los objetivos de estabilidad presupuestaria y de deuda pública por las Cortes Generales, la elaboración de los proyectos de presupuesto de las Administraciones Públicas habrán de acomodarse a dichos objetivos.

La disolución de las Cortes Generales y la convocatoria de elecciones generales y las dificultades en la formación de un nuevo Gobierno han determinado que se prolongara la situación «en funciones» del anterior y, en consecuencia, que no pudieran iniciarse los trámites para la fijación de los objetivos individuales de estabilidad presupuestaria y de deuda pública para el conjunto de las Administraciones Públicas.

Por otro lado, y de conformidad con lo dispuesto en la Ley 7/2012, de 24 de octubre, de Estabilidad y Disciplina Presupuestaria, el límite de gasto no financiero, hito que marca el inicio del proceso de elaboración del anteproyecto del presupuesto en la Comunidad, se acuerda una vez aprobado el objetivo de estabilidad para la Comunidad de Castilla y León.

Los objetivos de estabilidad presupuestaria y de deuda pública para el año 2017 y los dos siguientes ejercicios se han aprobado el 20 de diciembre de 2016 por las Cortes Generales.

Esta situación ha impedido que la Comunidad de Castilla y León dispusiese de la información fundamental para fijar el techo de asignación de recursos del Presupuesto, con la antelación suficiente para garantizar la elaboración y posterior tramitación en Cortes del Proyecto de Presupuestos Generales de la Comunidad para 2017 y su aprobación antes del uno de enero del ejercicio económico.

El artículo 89.2 del Estatuto de Autonomía de Castilla y León establece que si el proyecto de Presupuestos no fuera aprobado antes del primer día del ejercicio económico correspondiente, quedarán automáticamente prorrogados los del año anterior hasta la aprobación del nuevo.

La Comunidad de Castilla y León tiene atribuida la competencia exclusiva en materia de ordenación de su hacienda, según lo dispuesto en el artículo 70.1.3.º y en el título VI del Estatuto de Autonomía, reformado por la Ley Orgánica 14/2007, de 30 de noviembre.

De acuerdo con estas disposiciones legales, se prorrogan a partir de 1 de enero de 2017 y hasta la aprobación del nuevo presupuesto, los créditos iniciales aprobados para el año 2016, salvo que correspondan a actuaciones que hayan concluido...

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