DECRETO 35/2016, de 29 de septiembre, por el que se regula el servicio unificado de apoyo empresarial en la Comunidad de Castilla y León.

SecciónII - Disposiciones Generales
EmisorConsejeria de Presidencia
Rango de LeyDecreto

El Acuerdo de la Junta de Castilla y León 21/2016, de 28 de abril, por el que se aprueban medidas de reducción de cargas administrativas para la dinamización empresarial, en cumplimiento del compromiso de la Junta de Castilla y León con el impulso de la simplificación administrativa de tercera generación, ha aprobado una serie de medidas de reducción de cargas administrativas y de plazos, así como de mejora de rendimientos, como un nuevo paso en las actuaciones destinadas a la simplificación administrativa y a la reducción de cargas administrativas con la finalidad de facilitar la dinamización empresarial.

Dichas medidas se abordan desde la perspectiva del interesado y de sus necesidades, independientemente de cuál sea el órgano administrativo competente para la gestión de cada trámite. Esto facilita una visión general de cada proceso, lo que permite concretar las actuaciones a llevar a cabo para reducir los plazos y agilizar la tramitación de los procedimientos.

En este contexto de simplificación y de reducción de cargas administrativas, este decreto regula la prestación de un servicio unificado de apoyo empresarial en las Delegaciones Territoriales de la Junta de Castilla y León, de forma que, mediante la especialización de los recursos disponibles, se dispense a los empresarios en los procesos de creación de empresas una atención integral, como servicio especializado complementario de los servicios de información y atención al ciudadano previstos en el Decreto 2/2003, de 2 de enero, por el que se regulan los servicios de información y atención al ciudadano y la función de registro en la Administración de la Comunidad de Castilla y León.

El decreto que se compone de una exposición de motivos, tres artículos, una disposición transitoria y dos disposiciones finales.

El artículo 1 señala el objeto y finalidad; el artículo 2 desarrolla las funciones que componen el servicio unificado de apoyo empresarial y el artículo 3, relativo al ámbito de prestación de dicho servicio, dispone su prestación en las Delegaciones Territoriales de la Junta de Castilla y León y en la Consejería de Economía y Hacienda.

Además se prevé, también en este precepto la existencia de grupos de trabajo para la elaboración de propuestas de coordinación con la Agencia de Innovación, Financiación e Internacionalización...

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