ORDEN IYJ/1288/2007, de 17 de julio, por la que se inscribe en el Registro de Colegios Profesionales y Consejos de Colegios de Castilla y León, el Estatuto particular del Colegio Profesional de Delineantes y Diseñadores Técnicos de León.

Extracto


ORDEN IYJ/1288/2007, de 17 de julio, por la que se inscribe en el Registro de Colegios Profesionales y Consejos de Colegios de Castilla y León, el Estatuto particular del Colegio Profesional de Delineantes y Diseñadores Técnicos de León.

ORDEN IYJ/1288/2007, de 17 de julio, por la que se inscribe en el Registro de Colegios Profesionales y Consejos de Colegios de Castilla y León, el Estatuto particular del Colegio Profesional de Delineantes y Diseñadores Técnicos de León.

Visto el expediente de inscripción en el Registro de Colegios Profesionales y Consejos de Colegios de Castilla y León, de la modificación del Estatuto particular del Colegio Oficial de DELINEANTES Y DISEÑADORES TÉCNICOS DE LEÓN, con domicilio social en AVDA.

RAMÓN Y CAJAL, 33, 1.º IZQ., de LEÓN, cuyos ANTECEDENTES DE HECHO Primero: Con fecha 18 de julio de 2006 fue presentada por D. José Luis Zamora Romero, en calidad de Decano-Presidente del Colegio Profesional de DELINEANTES Y DISEÑADORES TÉCNICOS DE LEÓN, solicitud de inscripción en el Registro de Colegios Profesionales y Consejos de Colegios de Castilla y León, del Estatuto particular del Colegio Profesional citado, que fue aprobado por la Asamblea Extraordinaria en fecha 30 de septiembre de 2006.

Segundo: El citado Colegio se encuentra inscrito en el Registro de Colegios Profesionales y Consejos de Colegios de Castilla y León, por Orden de la Consejería de Presidencia y Administración Territorial de fecha 26 de mayo de 2004, con el número registral 154/CP.

FUNDAMENTOS DE DERECHO Primero: De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 8, apartado a) y en el artículo 29, apartado b), de la Ley 8/1997, de 8 de julio, de Colegios Profesionales de Castilla y León, el artículo 13, apartados 3 y 5, y el artículo 34, apartado 1-b), del Decreto 26/2002, de 21 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento de Colegios Profesionales, los Colegios Profesionales comunicarán a la Consejería de Interior y Justicia, los Estatutos y sus modificaciones para su calificación de legalidad, inscripción y publicación en el 'Boletín Oficial de Castilla y León' y, una vez inscritos y publicados, los Estatutos tienen fuerza de norma obligatoria.

Segundo: De acuerdo con lo dispuesto en el Art. 6 del Decreto 2/2007, de 2 de julio, del Presidente de la Junta de Castilla y León de Reestructuración de Consejerías, resulta competente para conocer y resolver este tipo de expedientes el Consejero de Interior y Justicia, en virtud de lo dispuesto en el artículo 34.1.11ª del Estatuto de Autonomía de Castilla y León, y de conformidad con lo previsto en el Real Decreto 2166/1993, de 10 de diciembre, sobre traspaso de funciones y servicios de la Administración del Estado a la Comunidad de Castilla y León, en materia de Colegios Oficiales o Profesionales, el Decreto 317/1993, de 30 de diciembre, de atribución de funciones y servicios en materia de Colegios Oficiales o Profesionales y el citado Decreto 2/2007, de 2 de julio, del Presidente de la Junta de Castilla y León de Reestructuración de Consejerías.

Tercero: El Estatuto particular del citado Colegio Profesional cumple el contenido mínimo que establece el artículo 13 de la Ley 8/1997, de 8 de julio.

Vistas las disposiciones citadas y demás normativa de común y general aplicación,

RESUELVO 1. Declarar la adecuación a la legalidad del Estatuto particular del Colegio Profesional de DELINEANTES Y DISEÑADORES TÉCNICOS DE LEÓN.

2. Acordar su inscripción en el Registro de Colegios Profesionales y Consejos de Colegios de Castil...

Ver el contenido completo de este documento

Enlaces patrocinados




ver las páginas en versión mobile | web

ver las páginas en versión mobile | web

© Copyright 2012, vLex. Todos los Derechos Reservados.

Contenidos en vLex España

Explora vLex

Para Profesionales

Para Socios

Compañía