RESOLUCIÓN de 11 de febrero de 2013, de la Delegación Territorial de Segovia, por la que se hace pública la Autorización Ambiental a D. José Luis y Jesús Álvarez Muñoz para el proyecto ampliación de explotación avícola de pollos en el término municipal de San Martín y Mudrián (Segovia). Expte.: AA-SG-1/12.

SecciónIV - Otras Disposiciones y Acuerdos
EmisorConsejería de la Presidencia
Rango de LeyResolución

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 22 de la Ley 11/2003 de 8 de abril de Prevención Ambiental de Castilla y León, se hace pública, para general conocimiento, la Autorización ambiental a D. José Luis y Jesús Álvarez Muñoz para el proyecto Ampliación de Explotación avícola de pollos en el término municipal de San Martín y Mudrián (Segovia).

Segovia, 11 de febrero de 2013.

El Delegado Territorial,

Fdo.: F co . J avier L ópez e scobar a nguiano

RESOLUCIÓN POR LA QUE SE CONCEDE AUTORIZACIÓN AMBIENTAL A D. JOSÉ LUIS Y JESÚS ÁLVAREZ MUÑOZ PARA EL PROYECTO AMPLIACIÓN DE EXPLOTACIÓN AVÍCOLA DE POLLOS EN EL TÉRMINO MUNICIPAL DE SAN MARTÍN Y MUDRIÁN (SEGOVIA). EXPTE. AA-SG-1/12.

Vista la solicitud de autorización ambiental formulada por D. JOSÉ LUIS ÁLVAREZ MUÑOZ para Ampliación de explotación avícola de pollos, en el término municipal de San Martín y Mudrián (Segovia), y teniendo en cuenta los siguientes:

ANTECEDENTES DE HECHO

Primero .- Con fecha 3 de mayo de 2012, D. José Miguel Muñoz Herrero, con D.N.I. 03459030-Z, con domicilio a efectos de notificación en C/ Mediodía, 2, de San Martín y Mudrián (Segovia), presenta solicitud de autorización ambiental para un proyecto de Ampliación de explotación avícola de pollos, en las parcelas 29, 32, 5055 y 5074 del polígono 7 de San Martín y Mudrián (Segovia). El Anexo I de esta orden contiene una descripción de la instalación.

Segundo .- A dicha solicitud se acompañó la siguiente documentación, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 12 de la Ley 16/2002, de 1 de julio, de Prevención y Control Integrados de la Contaminación.

  1. Proyecto de ampliación de explotación avícola de pollos, redactado por los Ingenieros Técnicos Agrícolas D. Óscar David García García y D. Rafael Giráldez Ceballos-Escalera, visado por el Colegio Oficial de Ingenieros Técnicos Agrícolas del Centro-Segovia el 21 de marzo de 2012.

  2. Memoria para la autorización ambiental integrada, firmada por los mismos Ingenieros y fechada en marzo de 2012.

  3. Documento Resumen.

Posteriormente, a requerimiento del Servicio Territorial de Medio Ambiente de Segovia, con fecha 31 de mayo de 2012 se presenta Anexo I al proyecto, que incluye documentación complementaria junto con el informe urbanístico del Ayuntamiento.

Con fecha de 25 de septiembre de 2012 se presenta el documento Anexo II al proyecto con información referida al plan de gestión del estiércol y con fecha de 31 de octubre de 2012 se adjunta información relativa a la superficie útil y densidad de población en las naves.

Tercero .- Consta en el expediente administrativo copia del informe urbanístico del Ayuntamiento de San Martín y Mudrián de fecha 24 de mayo de 2012, de adecuación a la normativa urbanística.

Cuarto .- La Delegación Territorial de la Junta de Castilla y León en Segovia, acuerda someter al trámite de información pública, la solicitud de autorización ambiental, durante treinta días, mediante anuncio publicado en el «Boletín Oficial de Castilla y León» n.º 150 de 6 de agosto de 2012, y remitido al Ayuntamiento afectado para su exposición en el tablón de anuncios. Durante dicho trámite se recibe en el Servicio Territorial de Medio Ambiente de Segovia una alegación por parte de D. Diego Rucio de Lucas y doña Aurea Rucio de Lucas, como propietarios de parcela colindante con la explotación mostrándose contrarios a la ampliación de la misma por producirse continuos daños por parte de los promotores de la granja contra su propiedad, consistentes en la invasión de la misma con maquinaria pesada y el desgarro de ramas de pinos.

Quinto .- Concluido el período de información pública, la Secretaría de la Comisión Territorial de Prevención Ambiental de Segovia solicita informe a los siguientes Órganos:

- Confederación Hidrográfica del Duero, que emite informe.

- Servicio Territorial de Agricultura y Ganadería, que emite informe.

- Servicio Territorial de Fomento, que emite informe.

- Servicio Territorial de Sanidad, que emite informe.

- Servicio Territorial de Cultura, que emite informe.

- Unidad de Ordenación y Mejora del Servicio Territorial de Medio Ambiente, que emite informe.

- Sección de Protección Ambiental del Servicio Territorial de Medio Ambiente, que emite informe.

Sexto .- Con fecha 12 de septiembre de 2012 el Ayuntamiento de San Martín y Mudrián fue requerido para la emisión de un informe sobre la adecuación del proyecto a los aspectos que son de su competencia. Emitiendo informe en dicho sentido con fecha de 21 de noviembre de 2012.

Séptimo .- La Secretaría de la Comisión Territorial de Prevención Ambiental de Segovia, inició el 22 de octubre de 2012 el trámite de audiencia a los interesados, habiéndose recibido en dicho trámite una alegación en los mismos términos y firmada por los mismos alegantes que la recibida en la fase de información pública del proyecto.

Octavo .- Con fecha de 14 de diciembre de 2012 se solicita al Ayuntamiento de San Martín y Mudrián informe respecto a la alegación que consta en el expediente. Con fecha de 26 de diciembre de 2012 se recibe respuesta.

Los antecedentes de hecho mencionados encuentran su apoyo legal en los siguientes:

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero .- El titular de la Delegación Territorial de la Junta de Castilla y León en Segovia, en virtud de las atribuciones conferidas por el artículo 20 de la Ley 11/2003, de 8 de abril, modificado por la Ley 1/2009, de 26 de febrero, es el órgano administrativo competente para resolver sobre la autorización ambiental en el ámbito territorial de la provincia de Segovia, para las actividades e instalaciones incluidas en el apartado B.2. del Anexo I de la Ley 11/2003.

Segundo .- El expediente se ha tramitado según lo establecido en la Ley 16/2002, de 1 de julio, y en la Ley 11/2003, de 8 de abril, de Prevención Ambiental de Castilla y León, modificada por la Ley 1/2009, de 26 de febrero.

Tercero .- Se someterán al régimen de autorización ambiental las instalaciones que se relacionan en el Anejo I de la Ley 16/2002, de 1 de julio y en el Anexo I de la Ley 11/2003, de 8 de abril, modificado por la Ley 1/2009, de 26 de febrero.

El proyecto está recogido expresamente en el Anejo 1, de la Ley 16/2002 de 1 de julio y en el Anexo 1, punto 9.3.a) del Real Decreto 509/2007, de 20 de abril, por el que se aprueba el Reglamento para el desarrollo y ejecución de la Ley 16/2002, de 1 de julio, de Prevención y Control Integrados de la Contaminación: « Instalaciones destinadas a la cría intensiva de aves de corral o de cerdos que dispongan de más de 85.000 pollos de engorde ».

VISTOS

Los Antecedentes de Hecho mencionados, la normativa relacionada en los Fundamentos de Derecho y las demás normas que resulten de aplicación:

POR TODO LO EXPUESTO, SE RESUELVE

Primero .- Conceder la autorización ambiental a D. JOSÉ LUIS ÁLVAREZ MUÑOZ, con D.N.I. 03459030-Z, para el proyecto de Ampliación de explotación avícola de pollos de engorde (de 75.000 a 100.000 plazas), en las parcelas 29, 32, 5055 y 5074 del polígono 7, en el término municipal de San Martín y Mudrián (Segovia).

Los Anexos, que a todos los efectos formarán parte de la presente Propuesta, son los siguientes:

Anexo I- Descripción de la instalación.
Anexo II- Condicionado Ambiental.

Segundo .- Para llevar a cabo cualquier modificación de la actividad, el titular deberá comunicarlo previamente al Servicio Territorial de Medio Ambiente de Segovia, indicando razonadamente, en atención a los criterios señalados en el artículo 10.2 de la Ley 16/2002, de 1 de julio, si se trata de una modificación sustancial o no sustancial, acompañando los documentos justificativos oportunos y siendo de aplicación lo señalado en los artículos 10.4 y 10.5 de la citada ley. La Delegación Territorial de la Junta de Castilla y León en Segovia, en función de las características de la misma, decidirá si procede o no modificar la presente resolución.

Tercero .- Cuando el operador de la instalación no coincida con el titular de la misma, le corresponderá a aquel el cumplimiento de todas las obligaciones impuestas en la presente autorización durante el período que dure su responsabilidad como tal. Tendrá condición de operador, cualquier persona física o jurídica que cumpla los requisitos recogidos, en este sentido, en la Ley 26/2007, de 23 de octubre de Responsabilidad Medioambiental.

Cuarto .- Esta autorización ambiental, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 39 de la Ley 11/2003, de 8 de abril, se otorga por un plazo de ocho años. Transcurrido el plazo de vigencia sin que por el titular hubiera sido solicitada la renovación de la autorización ambiental, se entenderá ésta caducada sin perjuicio de la normativa sectorial que fuera de aplicación.

Quinto .- La Delegación Territorial de la Junta de Castilla y León en Segovia podrá modificar las condiciones de la presente autorización, sin derecho a indemnización, cuando se den alguno de los supuestos del artículo 41 de la Ley 11/2003, de 8 de abril. La Delegación Territorial de la Junta de Castilla y León en Segovia podrá paralizar, con carácter cautelar, cualquier actividad en fase de construcción o de explotación, total o parcialmente, cuando se produzca alguna de las circunstancias recogidas en el artículo 66 de la Ley 11/2003, de 8 de abril.

Sexto .- Con carácter previo al inicio de la actividad, el titular deberá comunicar su puesta en marcha al Servicio Territorial de Medio Ambiente de Segovia. Se acompañará a dicha comunicación la documentación que garantice que la instalación se ajusta al proyecto aprobado, así como a las medidas correctoras adicionales impuestas en la...

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