ORDEN FYM/1397/2011, de 2 de noviembre, por la que se resuelve parcialmente la convocatoria de ayudas económicas destinadas a jóvenes arrendatarios de vivienda y complemento de la renta básica de emancipación para el año 2010.

Extracto


ORDEN FYM/1397/2011, de 2 de noviembre, por la que se resuelve parcialmente la convocatoria de ayudas económicas destinadas a jóvenes arrendatarios de vivienda y complemento de la renta básica de emancipación para el año 2010.

Por Orden FOM/530/2010, de 19 de abril, se efectuó convocatoria pública de ayudas económicas destinadas a jóvenes arrendatarios de vivienda y complemento de la renta básica de emancipación para el año 2010, actuación incluida en el convenio de colaboración suscrito el 26 de diciembre de 2007 entre la Consejería de Fomento de la Junta de Castilla y León y el Ministerio de Vivienda para mejorar las condiciones inicialmente previstas en el Real Decreto 1472/2007, de 2 de noviembre, por el que se regula la renta básica de emancipación de los jóvenes, modificado por el Real Decreto 366/2009, de 20 de marzo y por el Real Decreto 1260/2010, de 8 de octubre.

El apartado décimo de dicha Orden establece que «las subvenciones se concederán con cargo a la aplicación presupuestaria 04.02.261A02.48018 de la Ley 11/2009, de 22 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad de Castilla y León para 2010, y dentro del límite de SEIS MILLONES DOSCIENTOS CINCUENTA MIL EUROS (6.250.000 €) acordado con fecha 15 de abril de 2010, por la Junta de Castilla y León, a propuesta de la Consejería de Hacienda, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 33.3 de la Ley 5/2008, de 25 de septiembre, de Subvenciones de la Comunidad de Castilla y León, en relación con lo previsto en los artículos 36 y 48 de la Ley 13/2005, de 27 de diciembre, de Medidas Financieras. El expediente de gasto podrá aprobarse cuando se tramite el anticipo o la primera liquidación de la subvención».

Con fecha 22 de octubre de 2010 se publicó en el «Boletín Oficial de Castilla y León» la Orden FOM/1422/2010, de 18 de octubre, por la que se resolvió parcialmente la convocatoria de ayudas económicas destinadas a jóvenes arrendatarios de vivienda y complemento de la renta básica de emancipación para el año 2010.

Mediante la Orden FYM/1308/2011, de 5 de octubre se ha establecido en su dispongo primero que «las ayudas convocadas por la Orden FOM/530/2010, de 19 de abril, por la que se convocaran ayudas económicas destinadas a jóvenes arrendatarios de vivienda y complemento de la renta básica de emancipación para el año 2010, que no hayan sido concedidas en dicho ejercicio, se concederán con cargo a la aplicación presupuestaria 04.02.261A02.48018 de la Ley 20/2010, de 28 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad de Castilla y León para 2011, y dentro del límite de OCHO MILLONES SESENTA Y CINCO MIL EUROS (8.065.000 €) acordado con fecha 1 de septiembre de 2011 por la Junta de Castilla y León, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 33.3 de la Ley 5/2008, de 25 de septiembre, de Subvenciones de la Comunidad de Castilla y León, en relación con lo previsto en los artículos 36 y 48 de la Ley 13/2005, de 27 de diciembre, de Medidas Financieras».

Examinadas las solicitudes y comprobado el cumplimiento por parte de los beneficiarios propuestos de todos los requisitos exigidos para acceder a la subvención de conformidad con las bases reguladoras, aprobadas por Orden FOM/447/2009, de 2 de marzo, modificada por la Orden FOM/523/2010, de 12 de abril, procede la resolución de las mismas.

Corresponde a la Consejería de Fomento y Medio Ambiente, a propuesta de la Dirección General de Vivienda, Arquitectura y Urbanismo, dictar la Orden correspondiente, según lo dispuesto en el apartado cuarto de la Orden de convocatoria.

En virtud de lo expuesto

DISPONGO:

Resolver parcialmente la convocatoria de ayudas económicas destinadas a jóvenes arrendatarios de vivienda y complemento de la renta básica de emancipación para el año 2010, concediendo subvenciones a los beneficiarios que, por orden de expediente respecto de cada provincia, se relacionan en el Anexo de la presente Orden por un importe de CINCO MILLONES QUINIENTOS SESENTA Y DOS MIL NOVECIENTOS SETENTA Y DOS EUROS CON OCHENTA CÉNTIMOS (5.562.972,80 €), distribuidos según se especifica en dicho Anexo adjunto, con cargo a la aplicación presupuestaria 04.02.261A02.48018 y dentro del límite aprobado por la Junta de Castilla y León con fecha 1 de septiembre de 2011.

Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse, potestativamente, recurso de reposición ante este mismo órgano en el plazo de un mes tal y como se establece en los artículos 116.1 y 117.1 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, o, directamente, recurso contencioso- administrativo ante la Sala del mismo nombre del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León, en Valladolid, en el plazo de dos meses, tal y como establecen los artículos 1, 14.1 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa ambos plazos a contar desde el día siguiente al de la publicación de la presente Orden, sin perjuicio, en su caso, de la procedencia del recurso extraordinario de revisión o cualquier otro que los interesados puedan consider...

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