Extracto
RESOLUCIÓN de 7 de noviembre de 2011, del Gerente de Atención Especializada de León, por la que se resuelve la convocatoria de ayudas de Acción Social de 2009, con cargo al Fondo de Acción Social, para el personal adscrito a la misma.
Mediante Pacto de Acción Social de 21 de diciembre de 2009 («B.O.C. y L.» n.º 6 de 12 de enero de 2010) se procede a aprobar el Programa de Acción Social 2009-2011 para el personal que preste sus servicios en la Gerencia Regional de Salud. Por otro lado, mediante Orden SAN/1638/2010, de 25 de noviembre, se establecen las bases que han de regir las convocatorias de las ayudas de Acción Social, previstas en el Programa de Acción Social, para el personal de la Gerencia Regional de Salud de Castilla y León («B.O.C. y L.» n.º 233 de 2 de diciembre). La Base Cuarta establece que la cuantía máxima que podrá percibir cada solicitante por la suma de todas las ayudas será de 1.200 euros. En dicho límite no se incluyen las cuantías que pudieran corresponder a las ayudas de carácter excepcional en su modalidad de Socorro por Fallecimiento y Reducción de Jornada. En la Base Quinta se regula la Comisión de Acción Social, entre cuyas funciones se encuentra aplicar los criterios de reparto para la concesión de las ayudas. A estos efectos, en caso de existir sobrante en el montante total del presupuesto global establecido para alguno/s de los grupos de ayudas, establecerá la prioridad entre los mismos para la aplicación de ese sobrante. Por el contrario, si la previsión de gasto superara el establecido en la Ley de Presupuestos Generales de la Comunidad, entrará el mecanismo corrector fijado de forma unánime por la Comisión de Acción Social y previsto en la Base Sexta. De conformidad con el marco normativo expuesto, por Resolución de 3 de diciembre de 2010, del Director Gerente de la Gerencia Regional de Salud de Castilla y León («B.O.C. y L.» n.º 237 de 10 de diciembre), se efectuó convocatoria pública de las Ayudas de Acción Social de 2009 para el personal de la Gerencia Regional de Salud de Castilla y León, por un importe de 3.300.972 euros distribuido entre las distintas modalidades de ayudas, contemplándose las siguientes modalidades de ayudas: 1.- Área Socio-Familiar: Grupo I: ayuda por cuidado de hijos. Grupo II: ayuda por cuidado de familiares discapacitados. Grupo III: ayuda por estudios de hijos. Grupo IV: ayuda para la adquisición de prótesis. Modalidad 1: adquisición o implantación de prótesis oculares. Modalidad 2: adquisición o implantación de prótesis dentales. Modalidad 3: adquisición o implantación de prótesis auditivas. Grupo V: ayudas de carácter excepcional. Modalidad 1: gastos de desplazamiento, alojamiento y manutención para recibir asistencia sanitaria. Modalidad 2: socorro por fallecimiento. Modalidad 3: reducción de jornada. 2.- Área de Formación y Promoción del personal: Grupo I: ayudas para la formación. Grupo II: ayudas para la promoción. La competencia para resolver corresponde, tal y como establece la Base Novena de la mencionada Resolución de convocatoria, al titular de la Gerencia de Atención Especializada correspondiente, con respecto a las ayudas solicitadas por personal estatutario fijo o temporal con nombramiento interino, eventual o de sustitución, funcionario de carrera, interino o eventual y laboral fijo o temporal adscrito a la misma. Finalizada la tramitación a favor de quienes reuniendo los requisitos exigidos en las bases reguladoras y en la convocatoria resultan adjudicatarios de acuerdo con los criterios de reparto fijados de forma unánime por la Comisión de Acción Social, su reunión de 8 de agosto de 2011, RESUELVO Primero.- Conceder las ayudas que se relacionan en el Anexo I de la presente Resolución, correspondientes a la Gerencia de Atención Especializada de León por un importe de doscientos cincuenta y nueve mil dieciocho euros con veintitrés céntimos (259.018,23 €). Segundo.- Denegar las ayudas a los solicitantes que se relacionan en el Anexo II como consecuencia de la aplicación de los criterios establecidos en la Resolución de convocatoria, indicando la causa de denegación. Tercero.- Declarar desistidos de su solicitud a aquéllos que se relacionan en el Anexo III, por no atender al requerimiento en el plazo establecido a tal efecto. Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse, según se trate de personal Estatutario y Funcionario o Laboral, respectivamente, Recurso potestativo de reposición en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a su publicación, de conformidad con lo establecido en el artículo 116 y siguientes, de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común o en su caso Reclamación previa a la vía jurisdiccional, conforme establecen los artículos 120 y siguientes de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, y los artículos 69 y siguientes del Real Decreto-Legislativo 2/1995, de 7 de abril, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Procedimiento Laboral. León, 7 de noviembre de 2011. El Gerente de la Gerencia de Atención Especializada de León, F do .: J uan L ui...
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Documentos citados
- Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. - Artículos 116 , 120
- Real Decreto Legislativo 2/1995, de 7 de abril, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Procedimiento Laboral.
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