RESOLUCIÓN de 2 de abril de 2014, de la Delegación Territorial de Soria, por la que se hace pública la decisión motivada de no sometimiento al procedimiento de impacto ambiental la modificación del proyecto de pista para practicar el 4 x 4, promovido por Club Deportivo Las Cuevas 4 x 4, en la localidad de Las Cuevas, término municipal de Quintana Redonda (Soria). Expte.: 02/12 E.I.A.

SecciónIV - Otras Disposiciones y Acuerdos
EmisorConsejerÍA de Fomento y Medio Ambiente
Rango de LeyResolución

En cumplimiento de lo dispuesto en el Art. 4.2 del Real Decreto Legislativo 1/2008, de 11 de enero, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Evaluación de Impacto Ambiental de Proyectos, y la Orden MAM/1271/2006, de 26 de julio, por la que se delegan competencias en materia de evaluación de impacto ambiental en los Delegados Territoriales de la Junta de Castilla y León, se hace pública, para general conocimiento, la decisión motivada de no sometimiento al procedimiento de Evaluación de Impacto Ambiental la modificación del proyecto de pista para practicar el 4 x 4, promovido por Club Deportivo Las Cuevas 4 x 4, en el término municipal de Quintana Redonda (Soria).

Soria, 2 de abril de 2014.

El Delegado Territorial,

Fdo.: M anuel l ópez R epResa

ANEXO

DECISIÓN MOTIVADA DE NO SOMETIMIENTO AL PROCEDIMIENTO

DE EVALUACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL LA MODIFICACIÓN DEL PROYECTO DE PISTA PARA PRACTICAR EL 4 X 4, PROMOVIDO POR CLUB DEPORTIVO LAS CUEVAS 4 X 4, EN EL TÉRMINO MUNICIPAL DE QUINTANA REDONDA (SORIA)

La Delegación Territorial de la Junta de Castilla y León en Soria, en virtud de las atribuciones conferidas por la Orden MAM/1271/2006, de 26 de julio, por la que se delegan competencias en materia de Evaluación de Impacto Ambiental en los Delegados Territoriales de la Junta de Castilla y León, es el órgano administrativo de medio ambiente competente para ejercer en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Castilla y León las funciones fijadas para dicho órgano por el artículo 4 del Real Decreto Legislativo Real Decreto Legislativo 1/2008, de 11 enero, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Evaluación de Impacto Ambiental de Proyectos.

El artículo 3.2 del Real Decreto Legislativo 1/2008, de 11 de enero, establece que los proyectos públicos o privados consistentes en la realización de obras, instalaciones o de cualquier otra actividad comprendida en el Anexo II de este Real Decreto Legislativo, y los proyectos públicos o privados no incluidos en el Anexo I que puedan afectar directa o indirectamente a los espacios de Red Natura 2000, sólo deberán someterse a una evaluación de impacto ambiental en la forma prevista en esta disposición cuando así lo decida el órgano ambiental en cada caso. La decisión debe ser motivada y pública y se ajustará a los criterios establecidos en el Anexo III.

El proyecto está incluido en el apartado 9 a) «Pistas permanentes de carreras y de pruebas para vehículos motorizados» del Anexo...

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